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ANÁLISIS: Por qué hay que juzgarlos en nuestro país
–Tras la experiencia del «Alakrana», ¿qué justifica ahora que los piratas que atacaron el «Patiño» sean trasladados a España?
–La inexistencia de convenio alguno en vigor que permita derivar la competencia para juzgar a los detenidos en un país de la zona ha obligado a España a hacerse cargo del asunto, al tratarse de un ataque a un buque de la Armada española en aguas internacionales y no existir una jurisdicción preferente.
–¿Qué delitos imputa a los detenidos el juez español?
–El juez Velasco considera que los hechos son constitutivos de los delitos de piratería en grado de tentativa, depósito de armas, ataque a buque y atentado contra la autoridad en el ejercicio de sus funciones.
–¿El acuerdo de la UE con Kenia no permite que el país africano ejerza su jurisdicción sobre los piratas?
–Nairobi se desmarcó del convenio con la UE en octubre de 2010 en el marco de la «operación Atalanta» ante la avalancha de detenidos. Desde ese momento, Kenia sólo se hace cargo de los detenidos por actos de piratería en sus aguas.
–¿Cuál es el antecedente más cercano de la decisión de la Audiencia Nacional?
–El juez Baltasar Garzón ordenó en octubre de 2009 el traslado a España de dos de los secuestradores del pesquero «Alakrana». Sus compañeros exigieron su libertad a cambio de respetar la vida de la tripulación y la Audiencia vivió una situación muy complicada.
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