Relaciones laborales

La Audiencia obliga a las administraciones a una tasa por el WiFi gratuito

La Razón
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La Audiencia Nacional ha estimado la obligación de que las administraciones públicas paguen una tasa a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) y se inscriban en el Registro de Operadores de Redes y Servicios de Comunicaciones Electrónicas si quieren ofrecer acceso a internet gratuito mediante WiFi. Así consta en una sentencia que rechaza el recurso que el Ayuntamiento de Málaga presentó contra la sanción de 300.000 euros que la CMT impuso a la corporación local en febrero de 2010 por una infracción muy grave de la Ley General de Telecomunicaciones. Según esta ley, las administraciones públicas están exentas de inscribirse en el registro de la CMT y pagar la correspondiente tasa si ofrecen servicios de acceso a internet en régimen de «autoprestación», es decir, si éste se limita al interior de los edificios públicos y con la finalidad de satisfacer las «necesidades propias» del servicio que reciben los ciudadanos.

La sentencia considera que el servicio prestado por el Ayuntamiento de Málaga «desborda» el concepto de autoprestación porque, entre otras razones, los usuarios podían acceder a «páginas distintas de las estrictamente vinculadas a la prestación» del servicio de la administración de que se trate.