Crisis bancaria
Competencia impone una multa de 36 millones de euros a Telecinco
La Comisión Nacional de la Competencia puso como condición para autorizar la fusión de Telecinco y Cuatro que la cadena de Mediaset tomase «las medidas necesarias para restablecer las condiciones de competencia que la operación alteraba», ya que a juicio de la institución, de otra forma se «generaría una reducción de la competencia efectiva en varios de los mercados afectados».
Además, el regulador estableció la obligación de que la empresa presentase en el plazo de un mes desde que fuese ejecutiva, un plan de actuaciones en el que se detallasen, entre otras cuestiones, las medidas a adoptar por Telecinco para implantar los compromisos asumidos y su calendario. Este plazo, según la CNC, ha sido «incumplido», por lo que según marca la Ley se ha impuesto a esta cadena una multa de 3,6 millones de euros.
En desacuerdo
Telecinco ha anunciado que impugnará «de inmediato» la multa por considerarla «no sólo desproporcionada, sino absolutamente injustificada», motivo por el que solicita además, su suspensión cautelar.
Según la compañía, la sanción, impuesta por no presentar en plazo el plan de actuaciones para hacer efectivos los compromisos adquiridos tras la fusión de Telecinco y Cuatro, «no ha lugar porque Mediaset sí cumplió con este requisito».
Así, asegura que «el citado Plan de Actuaciones fue presentado por Mediaset España dentro del plazo concedido expresamente por la propia Dirección de Investigación de la CNC».