Divorcio
La UE dispondrá de 20 días para castigar a Gran Bretaña si viola el acuerdo
El mecanismo, exigido por los Veintisiete, pretende evitar que Londres ignore la competencia justa en legislación laboral, social, medioambiental o subsidios
El Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y Reino Unido, cuya aplicación provisional está prevista el 1 de enero, contempla la posibilidad de aplicar medidas unilaterales de reequilibrio en caso de divergencias en materia laboral, social, medioambiental o subsidios.
Dada su proximidad geográfica y su interdependencia económica, la UE y Reino Unido acordaron compromisos “sólidos” para garantizar la igualdad de condiciones para una competencia abierta y justa y para contribuir al desarrollo sostenible, según informó este sábado la Comisión Europea en un comunicado.
Garantizar la competencia justa en el mercado único fue, junto con los mecanismos para dirimir disputas y la pesca, los tres escollos que encallaron durante meses las negociaciones, que terminaron en Nochebuena con el anuncio del histórico pacto.
El acuerdo alcanzado el jueves entre Bruselas y Londres, y que ha sido publicado hoy en su totalidad por ambas partes, prevé que las medidas de compensación o reequilibrio, incluida la suspensión de partes del acuerdo o la imposición de aranceles, se podrán adoptar unilateralmente.
Esa posibilidad se contempla “cuando esas divergencias repercutan materialmente en el comercio o la inversión” entre los Veintisiete y Reino Unido, señala la nota publicada por Bruselas.
Esto, explica, podría ser pertinente, por ejemplo, en una situación en la que una de las parte aumente significativamente sus niveles de protección en relación con las normas laborales o sociales, el medio ambiente o el clima por encima de los niveles de la otra parte.
Esa actuación puntual puede suponer un aumento de los costos de producción y, por lo tanto, una desventaja competitiva, puntualiza la Comisión.
Otro ejemplo sería, añade, una situación en la que una de las partes tuviera un sistema de control de subsidios que no impidiera sistemáticamente la adopción de subsidios que distorsionaran el comercio, lo que le proporcionaría una ventaja competitiva.
En esos casos, aclara Bruselas, una parte podría adoptar medidas para reequilibrar la ventaja competitiva de la otra parte.
Al abordar la posibilidad de una divergencia normativa en cualquier momento, este mecanismo permite que las disposiciones sobre igualdad de condiciones se puedan aplicar en el futuro para mantener una competencia abierta y leal a lo largo del tiempo.
Cada una de las partes también podría, a intervalos regulares y si se han adoptado medidas de reequilibrio con frecuencia o durante más de 12 meses, solicitar un examen de las partes comerciales o económicas del acuerdo para garantizar un equilibrio duradero.
En este caso, se podría negociar y enmendar las partes pertinentes del texto, pero siempre respetando la igualdad de condiciones.
En el acuerdo, la UE y Reino Unido acordaron además normas generales y específicas vinculantes para asegurar la no utilización de subvenciones que distorsionen el comercio, y evitar así el desvío de inversiones y la pérdida de empleos.
Esos compromisos recogen referencias específicas para sectores clave (por ejemplo, el transporte aéreo, la energía, los servicios financieros) o incluso los tipos de ayuda (por ejemplo, el rescate y la reestructuración de empresas en dificultades, las garantías ilimitadas, las subvenciones a la exportación, los servicios de interés económico público, los grandes proyectos transfronterizos).
En cuanto a la transparencia, la UE y Reino Unido publicarán la información sobre subvenciones en un sitio web oficial o en una base de datos pública en un plazo de 6 meses a partir de la concesión de las mismas y en un plazo de 1 año en el caso de las subvenciones en forma de medidas fiscales.
Sobre las garantías de una sólida ejecución nacional, el acuerdo contempla que el respeto de los principios generales pueda ser impugnado por los competidores y verificado por los tribunales de la UE o de Reino Unido, lo cuales estarán facultados para ordenar a los beneficiarios que devuelvan la subvención.
Ambas partes podrán también pedir el control de las subvenciones al mecanismo de solución de diferencias horizontales y el incumplimiento por una de las partes puede dar lugar a sanciones autorizadas por el tribunal de arbitraje.
Estos son algunos de los compromisos que, según la Comisión Europea, reflejan “el alcance y la profundidad de la amplia y ambiciosa asociación económica” que van a iniciar la UE y quien ha sido socio del club comunitario durante 47 años, a partir del 1 de enero.
Los compromisos alcanzados por ambas partes pretenden evitar las distorsiones del comercio y la inversión, y contribuir al desarrollo sostenible.
Las normas “sólidas y exhaustivas” contempladas en el sexto de los siete capítulos del acuerdo, “evitarán las distorsiones creadas por las subvenciones, las prácticas anticompetitivas o el comportamiento discriminatorio y abusivo de las empresas estatales”. El fin es también favorecer la transparencia fiscal y contrarrestar la evasión fiscal y los regímenes y prácticas fiscales perjudiciales.
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