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Deber de Protección, camino a la excelencia en gestión de riesgos derivados de la internacionalización

Deber de Protección, camino a la excelencia en gestión de riesgos derivados de la internacionalización
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El Deber de Protección, conocido internacionalmente como “Duty of Care”, es el conjunto de obligaciones legales y morales de los empleadores para con la seguridad, salud y bienestar de empleados, familiares y contratistas desplazados internacionalmente en misión.

Hace ya diez años, la crisis empujó a muchas empresas españolas a la internacionalización como forma de compensar la decadencia de su actividad en España. Una vez superada la crisis, las organizaciones han visto que el nicho de mercado exterior es irrenunciable, no obstante muchas siguen sin estar preparadas para estos escenarios.

El mundo se nos presenta hoy altamente volátil y pleno de riesgos que las organizaciones deben gestionar adecuadamente si quieren proporcionar a sus trabajadores un entorno de seguridad vital para poder desarrollar su actividad.

Los conflictosgeopolíticos junto con los desastresnaturales, el terrorismo, las diferencias culturales, las condiciones viales y los riesgos sanitarios, impedirán operar a aquellas empresas que no se preparen adecuadamente. En consecuencia, aparece una interesante oportunidad en forma de ventaja competitiva para aquellas organizaciones que sí se preparen debidamente.

El Deber de Protección, conocido internacionalmente como “Duty of Care”, es el conjunto de obligaciones legales y morales de los empleadores para con la seguridad, salud y bienestar de empleados, familiares y contratistas desplazados internacionalmente en misión.

Nos muestra el camino hacia la excelencia en gestión de riesgos derivados de la internacionalización y, con ello, a incrementar la satisfacción del personal, a atraer el mejor talento, evitar rotaciones y ahorrar así costes de formación o derivados de bajas laborales, incidentes y posibles demandas judiciales.

Existen estudios que sitúan entre 1,5 y 2,6 euros el retorno por cada euro invertido en prevención de riesgos.

Las obligaciones derivadas del Deber de Protección son las siguientes:

· Formar en cultura general de seguridadenviajes para saber evitar y afrontar situaciones de riesgo previsiblemente inherentes a los desplazamientos internacionales.

· Proporcionar información actualizada al desplazado sobre los riesgos correspondientes al viaje o expatriación y las oportunas recomendaciones para preparar el viaje y mitigar los mismos.

· Capacidad de comunicar con el trabajador para informar de riesgos sobrevenidos durante desplazamiento y proporcionarle las debidas recomendaciones para afrontar con las mejores opciones esas situaciones inesperadas y muchas veces traumáticas.

· Posibilidad de activar en destino los recursossanitarios, de seguridad o logísticos necesarios para apoyar al personal en caso de incidencia.

International SOS, con casi 40 años de experiencia, brinda a sus clientes soluciones profesionales de primer nivel para responder adecuadamente a todas estas exigencias del Deber de Protección. Los 4,8 millones de casos reales resueltos al año para 11.000 clientes corporativos nos avalan.

Con presencia permanente en 90 países, 26 Centros de Asistencia y 6 Centros de Operaciones distribuidos estratégicamente para operar con conocimiento directo y diario de las amenazas que se ciernen sobre los viajeros y expatriados de nuestros clientes, dotados de la tecnología más avanzada y con el apoyo de una red de 77.000 proveedores evaluados, no hay duda de que International SOS es el mejor compañero de viaje.

Javier Mollá, Regional Security Manager Spain & Portugal - International SOS and Control Risks