Blanqueo de capitales
La Audiencia de Málaga desbloquea las cuentas de Pantoja y sus sociedades
La Audiencia de Málaga ha acordado desbloquear los saldos y cuentas de Isabel Pantoja, condenada a dos años de prisión y multa de 1,147 millones de euros por un delito de blanqueo de capitales; así como de las principales sociedades vinculadas con la cantante, según consta en un decreto de la Sección Segunda.
El Juzgado de Instrucción número 5 de Marbella (Málaga), que instruyó la causa por la que Pantoja fue, posteriormente, condenada, acordó en mayo de 2007, a instancia de los investigadores del caso, el bloqueo de las cuentas de varias personas y sociedades, entre ellas las de la cantante.
Ahora, la Sala, tras la solicitud realizada al respecto, considera que se debe dejar sin efecto ese bloqueo de los saldos y cuentas acordados en su momento respecto de Pantoja, entre los que se incluyen las de algunas empresas como Pantomar, Panriver o Franbel Artis, según el decreto, al que ha tenido acceso Europa Press.
Así, aunque no ha pagado aún toda la multa impuesta, se considera que existen en la causa otras medidas de garantía adoptadas para asegurar el cumplimiento efectivo de la sanción económica impuesta a Pantoja, que actualmente cumple la pena de prisión en la cárcel sevillana de Alcalá de Guadaíra.
La Sala accedió en su momento, tras pedirlo la defensa, el pago fraccionado de la multa, de forma que hasta la fecha ya ha pagado 747.148 euros de los 1,147 millones que se le impusieron, restándole por abonar dos plazos de 200.000 euros cada uno.
Cabe recordar que una vez iniciada la ejecución de la sentencia y, por tanto, el pago de la multa, la Sección Segunda decidió reducir la cuantía del embargo de bienes de la cantante y ajustarla a lo que le quedaba por pagar en concepto de multa, que en aquel momento era de un millón de euros.
Pantoja ingresó en prisión el 21 de noviembre de 2014 para cumplir la pena de 24 meses de prisión. Desde entonces, ha disfrutado de varios permisos penitenciarios, aunque se le ha venido denegando la clasificación en tercer grado, al entenderse que "aún no está capacitada plenamente para incorporarse al régimen de semilibertad". Europa Press
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