Rescate de Julen

El equipo de rescate de Julen causó lesiones al cadáver, según un contrainforme

La luxación occipito-atloidea se produjo durante la caída por los mecanismos de tracción, flexión y extensión y ésta fue la causa de una muerte casi inmediata del niño

Imagen del operativo de rescate de Julen / Foto: Cipriano Pastrano
Imagen del operativo de rescate de Julen / Foto: Cipriano Pastranolarazon

La luxación occipito-atloidea se produjo durante la caída por los mecanismos de tracción, flexión y extensión y ésta fue la causa de una muerte casi inmediata del niño

Un informe solicitado por la defensa de David Serrano, el dueño de la finca donde cayó Julen en un pozo de la localidad malagueña de Totalán determina que el pequeño presenta lesiones producidas por los equipos de rescate aunque aclara que fueron posteriores a su muerte.

El estudio preliminar coincide en parte con el informe emitido por el Instituto de Medicina Legal (IML) de Málaga al atribuir el fallecimiento a un traumatismo craneoencefálico y raquimedular.

Realizado por el doctor y médico especialista en Medicina Legal y Forense Aitor Curie, el documento determina que la luxación occipito-atloidea sufrida por el menor se produjo durante la caída por los mecanismos de tracción, flexión y extensión y que ésta fue la causa de una muerte casi inmediata. La ausencia de material extraño en vías aéreas orienta a una muerte “casi inmediata”, aunque se admite que la mayor parte de las múltiples heridas que mostraba Julen en su cabeza “son posmortem y se pudieron producir durante los intentos de rescate”.

No obstante el forense, se muestra “básicamente de acuerdo” con el elaborado por los forenses del Instituto de Medicina Legal malagueño en el que señalaban que el niño murió por la caída en el pozo, a los pocos minutos tras la precipitación, apuntando a que la causa del fallecimiento fue por traumatismo craneoencefálico y raquimedular, presentando fracturas.

Según el estudio, “no existe ningún dato de supervivencia más allá de unos pocos segundos y que algún familiar pudiera llegar a oír incluso un lloro del niño durante la caída o nada más llegar al fondo”.

Careo

La Audiencia Provincial de Málaga ha rechazado un careo solicitado por la defensa del dueño de la finca en la que está el pozo en el que cayó Julen, al considerar “innecesarias e impertinentes” las diligencias interesadas.

El Alto Tribunal desestima así el recurso de apelación interpuesto por la defensa del dueño de la finca, único acusado en el procedimiento.

En el auto, la Sala se adhiere al criterio planteado por la titular del juzgado que instruye la causa al considerar “innecesarias” las diligencias para “formar su convicción” y apunta que el careo entre el investigado y el testigo padre de la víctima “dada la diferente posición procesal” de ambos no se realizaría “en plano de igualdad por lo que difícilmente arrojaría luz”.

Respecto del careo solicitado entre testigos del caso, la Audiencia determina que “dado que cada uno ha declarado bajo juramento o promesa de decir la verdad, normalmente en la práctica cada uno se mantiene en su testimonio”, lo que entiende, “hace inútil la diligencia en esta fase de instrucción”.

No en vano, se rechaza sin perjuicio “de que, avanzado el procedimiento, en su caso, la defensa pueda reproducir su petición en su escrito de defensa para su práctica en el juicio oral”.

La Fiscalía de Málaga ha solicitado tres años de prisión para el dueño de la finca de Totalán mientras que la titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Málaga que instruye el procedimiento considera que Serrano cometió presuntamente un delito de homicidio por imprudencia grave.

que finalmente cayó por él".