Tribunales

El TSJ declara nulos los decretos del copago sanitario de la Generalitat

La Sala estima que el Consell no fija los presupuestos económicos que deben tener los beneficiarios. Sanidad no lo entiende así y recurrirá el fallo

La consellera de Sanidad, Carmen Montón, (quinta por la izquierda) visitó recientemente la nueva imagen que lucen el TAC y la sala de espera de Radiología de Urgencias Infantiles de La Fe
La consellera de Sanidad, Carmen Montón, (quinta por la izquierda) visitó recientemente la nueva imagen que lucen el TAC y la sala de espera de Radiología de Urgencias Infantiles de La Felarazon

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha declarado la nulidad de los decretos de copago a personas con diversidad funcional y pensionistas del Consell porque no fijan los presupuestos económicos que deben tener los posibles beneficiarios.

En su fallo (contra el que cabe recurso) la Sala considera que en los dos decretos, que anulaban el copago establecido por el Gobierno central, «no se extrae» como consecuencia que los beneficiarios de las ayudas se hallen en todo caso ante una situación de necesidad, que «deberá derivarse» de los medios económicos que posean. Afirma que los decretos deberían fijar los presupuestos económicos que deben poseer las personas con diversidad funcional y los pensionistas para acceder a la subvención. Al no haberlo hecho así, añade la sentencia, «se incumple el mandato constitucional y se desvirtúa la finalidad de las subvenciones que aquellas normas establecen».

No obstante, la Generalitat Valenciana entiende que sí existen unos criterios definidos de situación de necesidad económica, como en el caso de los pensionistas es el hecho de tener rentas inferiores a 18.000 euros anuales para acceder a las ayudas. Por lo que el Consell está ultimando un recurso de casación.

Desviación de poder

El Estado, en su recurso, consideraba que los decretos pretenden dejar sin efecto una norma estatal que regula el copago farmacéutico y ortoprotésico, lo que a su juicio implica una desviación de poder. Pero la Sala asegura que los decretos no suponen una desviación de poder porque, al amparo de la competencia autonómica, se persigue que las personas en situación de desamparo requieran una actuación protectora para atender unas necesidades que no están cubiertas por la Seguridad Social en el actual contexto normativo.

La Generalitat argumentó que nada impide que las Comunidades Autónomas con competencia en materia de asistencia social otorguen ayudas a personas con prestaciones asistenciales de la Seguridad Social y se encuentren en situación de desempleo, como son los discapacitados o pensionistas, según indica el texto de la sentencia.

Tras conocerse el fallo, la Conselleria de Sanidad aseguró ayer que los copagos farmacéutico y ortoprotésico «están plenamente vigentes». Según explicó ayer el Departamento que dirige Carmen Montón, la sentencia «no afecta en ningún caso» a las ayudas actuales de 2017, que se seguirán concediendo «con total normalidad», ni a las aportadas en 2016, a las que hace referencia el TSJ, dado que ya han sido ejecutadas.