Madrid

La Audiencia rechazan excarcelar a Gao Ping para no «alterar la integridad» de otros imputados

Momento de la detención de Gao Ping
Momento de la detención de Gao Pinglarazon

La Audiencia ha confirmado la decisión del juez Fernando Andreu del pasado 28 de enero de mantener en prisión al supuesto líder de la «trama Emperador»

Gao Ping seguirá en prisión. La Audiencia Nacional ha confirmado la decisión del juez Fernando Andreu del pasado 28 de enero de mantener en prisión al supuesto líder de la “trama Emperador” de blanqueo de capitales. La Sección Tercera justifica esa decisión en el riesgo de fuga y de destrucción de pruebas y en la posibilidad de que, si sale en libertad, pueda “alterar la integridad física o psíquica de otros coimputados y testigos”, quienes, recuerda, ya han sido objeto durante la investigación “de acciones de carácter intimidatorio” por parte de Gao Ping.

Para los magistrados, la “importante posición económica” del supuesto cabecilla de la red “facilitaría una salida sin problemas del territorio nacional”. Su importante entramado empresarial, continua el tribunal, “no hace sino dificultar la investigación y facilitar la ocultación de bienes”.

La Audiencia hace hincapié en su resolución en el “gravísimo” perjuicio procesal que causaría una hipotética fuga a la “ardua y compleja investigación policial”, hasta el punto de “dejar huérfana a aquella de su principal imputado”. Y recuerda que sería “insuficiente e ineficaz” limitarse a retirarle el pasaporte y prohibirle salir de España, pues, de fugarse, su extradición desde China no sería posible. Su permanencia en prisión, por tanto, es una medida “adecuada, idónea e imprescindible” en este momento, aunque una vez concluida la investigación “sería aconsejable” revisar su situación procesal.

Gao Ping, subraya el tribunal, “es el organizador y planificador” de toda la actividad investigada, “ordena de forma directa las operaciones de envío y salida de dinero de forma irregular” de España a China; “ordena y consiente la utilización de la violencia o de las amenazas para cobrar las cantidades prestadas” y, además, “ostenta una importante capacidad para captar voluntades ajenas de funcionarios públicos y autoridades públicas españolas en beneficio de la organización”.