Política

Sevilla

Condenado a 5 años por violar a una mujer con la que contactó con una falsa oferta de trabajo

El tribunal destaca la credibilidad y "honestidad"del relato de la víctima y atribuye al "shock"que no recordara "detalles escabrosos"ni opusiera más resistencia

Imagen de la Audiencia provincial de Sevilla
Imagen de la Audiencia provincial de Sevillalarazon

El tribunal destaca la credibilidad y "honestidad"del relato de la víctima y atribuye al "shock"que no recordara "detalles escabrosos"ni opusiera más resistencia

La Audiencia de Sevilla ha condenado a 5 años de cárcel a un hombre acusado de agredir sexualmente en mayo de 2018 a una mujer con la que contactó para ofrecera un falso trabajo cuidando a una anciana, respondiendo a un anuncio de búsqueda de empleo que ella había publicado. La Fiscalía pedía 9 años de prisión pero el tribunal ha estimado la atenuante de reparación del daño al haber abonado la indemnización de 30.000 euros solicitada por los daños morales.

La Audiencia considera probado que, en la mañana del 22 de mayo de 2018, la víctima, de nacionalidad nigeriana y que llevaba escasos días en Sevilla buscando trabajo, publicó en una página web un anuncio de búsqueda de empleo como interna para cuidar niños o personas mayores, tras lo que, esa misma tarde, el acusado la llamó “con el pretexto de ofrecerle” un trabajo de cuidadora de una anciana y quedó con ella esa misma tarde para entrevistarla.

Tras recogerla en su coche en el punto de encuentro acordado, la puerta de Urgencias del Hospital Virgen Macarena de Sevilla, le dijo que subiera para llevarla a la casa de la anciana a cuidar y fue contándoe "el trabajo a realizar, mostrándose cordial y relatándole detalles de la persona a la que iba a cuidar y de la casa donde iba a trabajar”, hasta que paró en un descampado a las afueras de la ciudad. Allí el procesado pasó a los asientos traseros e instó a la mujer a sentarse junto a él para hablar, lo que ella hizo, tras lo que cambió “bruscamente” de actitud y, “con intención de satisfacer sus deseos sexuales”, se situó encima de la afectada y comenzó a bajarle el pantalón, a lo que ella se resistió inicialmente hasta que temió por su integridad ante la actitud violenta de él.

El tribunal destaca que la víctima mostraba una lesión en la vagina compatible con haber sido forza y el hecho de que no presentara otras en brazos o piernas por el forcejeo "no desvirtúan el testimonio y credibilidad de la víctima, pues la misma ha explicado que cuando ella se resistió a la acción del procesado, intentando varias veces volver a subirse los pantalones cuando él se los bajaba, y el procesado se mostró más enérgico advirtiéndole que aquello iba a pasar por las buenas o por las malas, ella sufrió una especie de shock por el miedo que le causó la actitud del acusado, lo que la condujo a no intensificar la resistencia, evitando una reacción más agresiva del procesado".

En el mismo sentido, destacan que la "contundencia y honestidad"de la víctima en su relato "sincero, verosímil y plenamente creíble"mantenido en todas sus declaraciones pese a que "no acierte a recordar algún detalle escabroso de la agresión, en el que la defensa del acusado insistió en su interrogatorio, -concretamente acerca de si el procesado se “salivó” o no los dedos antes de introducírselos en la vagina o si le dijo o no que la iba a penetrar, pero no muy profundamente-". Para el tribunal estas imprecisiones son "humanamente explicables"y "lo que demuestran es el aturdimiento y afectación psicológica sufrida"por la víctima así como"la ausencia de intención de faltar a la verdad".

El auto subraya que tanto en la rueda de reconcimiento practicada como en el juicio, en el que declaró tras una mampara visiblemente afectada, la víctima fue totalmente sincera al decir que no recordaba físicamente al agresor como para estar segura de si identificación y pedir oír su voz que sí la tiene grabada.

Por contra, el tribunal no ve verosíbil la versión del acusado, que alegó en el juicio que las relaciones sexuales fueron plenamente consentidas y que incluso fueron propuestas por la víctima, que le refirió que “de vez en cuando” ejercía la prostitución", algo que no quedó corroborado por ningún testigo.

"La relación sexual fue inconsentida y para mantenerla el procesado empleó fuerza e intimidación sobre la víctima”, sentencia el fallo.

Pese a esas imprecisiones en la declaración de la víctima a que acabamos de hacer mención, humanamente explicables por lo que acabamos de exponer, lo cierto es que la referida ha mantenido un relato de los hechos sustancialmente idéntico y persistente a lo largo de sus declaraciones

Relato verosímil y creíble, contundencia y honestidad