Lotería de Navidad
Y si te toca, ¿qué?
Los agraciados disponen de tres meses para cobrar sus décimos. Hacienda gravará los premios por encima de 20.000 euros.
El bombo comenzó a girar. Salieron los primeros números y, sin tiempo para calentar el ambiente, a las 9:19 horas de la mañana, el Gordo ya estaba repartido. 680 millones de euros salieron de golpe hacia los cuatro puntos cardinales de España, pero principalmente hacia Cataluña. Cada uno de los agraciados con uno de estos décimos recibirán 400.000 euros por cada uno. Pero no todo ese dinero se ingresará en las cuentas corrientes de los premiados. Hacienda se quedará con un buen pellizco.
Los que tengan en sus manos un décimo del Gordo deberán abonar a las cuentas públicas 76.000 euros; los que ganen los 125.000 euros del segundo premio entregarán 21.000 euros al Estado; y los ganadores de los 50.000 euros del tercer premio se les descontarán 6.000 euros. Y, a partir de ahí, nada más. Los dos cuartos premios, de 20.000 euros cada uno, se salvan de los 2.000 euros que pagaron el año pasado y no tendrán retención, al igual que todos y cada uno de los premios menores.
Los agraciados deben saber que no tendrán que hacer ninguna gestión administrativa ni fiscal extra, ya que la Agencia Tributaria realizará directamente la retención en el momento del cobro del premio. De este modo, los afortunados recibirán el importe de su «regalo» con el impuesto ya descontado. Tampoco deben preocuparse del impacto que estos premios puedan tener en su declaración de la renta, ya que únicamente tendrán que añadir en su declaración los posibles rendimientos que el dinero conseguido les pudiera generar, como los intereses bancarios. Pero, cuidado, sí debe incluirse de cara al siguiente ejercicio cualquier operación que implique un aumento del patrimonio personal, que se tendrá que reflejar en el Impuesto sobre Patrimonio del próximo año.
Los premios podrán cobrarse de forma inmediata, pero se dispone de un plazo máximo de tres meses para hacerlo efectivo. Los décimos premiados con una cantidad inferior a 2.000 euros se podrán cobrar desde hoy en los distintos puntos de venta de la red comercial de Loterías y Apuestas del Estado. Los premios iguales o superiores a 2.000 euros podrán ingresarse o cobrarse en alguna de las entidades financieras.
El cobro de participaciones tiene un proceso diferente. Estos boletos, que son una parte de un décimo, no se pueden cobrar en una administración de loterías ni en las entidades bancarias porque no se trata de boletos oficiales. En este caso, el emisor de las participaciones debe responsabilizarse de completar los pagos, ya que él es el poseedor de los décimos. Cualquier gravamen correspondiente a Hacienda deberá hacerse sobre la totalidad del premio.
Este es el último año que los agraciados tengan que tributar sus premios por encima de 20.000 euros. El mínimo exento aumentará hasta los 40.000 euros en todos los sorteos que se celebren en 2020. Por tanto, el sorteo de El Niño, cuya cita será el próximo 6 de enero, ya gozará de las nuevas tablas.
Por ello, si Hacienda va a recaudar este año 175 millones de euros por la tributación de los premios de la Lotería de Navidad –que es un 7,2% inferior a 2018 y 13,6 millones menos–, el próximo año la recaudación será muy inferior, al pasar de 20.000 a 40.000 euros ese mínimo libre de impuestos. El Fisco recauda en torno al 30% de lo que ingresa cada año por las retenciones que efectúa en este sorteo.
La OCU ha aconsejado durante los últimos días que las personas que compartan décimos dispongan al menos una fotocopia del número jugado para tener constancia de él y evitar sorpresas.
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