
Movilidad
Este es el plan de Madrid para las VTC: nuevos pictogramas y tarifas
Se definirán con mayor claridad las diferentes circunstancias excepcionales de alta demanda y cómo afectará al precio de los viajes

La Comunidad de Madrid ultima la reforma normativa de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos en materia de arrendamiento de vehículos con conductor (VTC) con novedades en la clasificación ambiental de los adaptados para personas con movilidad reducida y en la clarificación sobre su identificación y el régimen de precios para las situaciones excepcionales de alta demanda.
Así, una vez recabados los informes preceptivos, el Gobierno regional ha abierto el plazo de alegaciones al proyecto de decreto, que se podrán presentar hasta el 18 de diciembre a través del Portal de Transparencia.
Unos cambios sobre la normativa vigente para regular un sector VTC que en la Comunidad cuenta con 9.755 licencias en vigor, según los datos a 1 de noviembre del Ministerio de Transportes consultados por Europa Press.
Entre ellas, se introducen variaciones que afectan a la clasificación ambiental de los vehículos adaptados para personas con movilidad reducida, de modo que se permitirá circular a aquellos con distintivo ambiental C con el objetivo de incrementar la oferta.
En la normativa actual, estas autorizaciones estaban limitadas a los coches clasificados con las etiquetas de cero emisiones o ECO por la Dirección General de Tráfico (DGT). Ahora, se posibilitará en el caso de etiqueta C hasta el 31 de diciembre de 2027.
De esta forma, se busca garantizar que en la región se disponga de un número de VTC suficiente para satisfacer la demanda. Además, se facilita el cumplimiento de la obligación de disponer, al menos, de un vehículo adaptado por cada diez autorizaciones, "garantizando así el acceso y desplazamiento de personas en silla de ruedas", según explica la Comunidad.
Según se apunta en la propuesta, consultada por Europa Press, con estas novedades los VTC deberán estar clasificados con el distintivo ambiental cero emisiones o ECO, excepto aquellos con una potencia fiscal igual o superior a 28 caballos de vapor fiscales (CVF), los clasificados como históricos en la normativa estatal, así como los mencionados adaptados para personas con movilidad reducida clasificados con etiqueta C.
Además, se añade una Disposición transitoria en la que se prevé un mes desde la entrada en vigor de la modificación del decreto durante el que se mantendrá la validez de los distintivos anteriores, pudiendo así coexistir ambos tipos hasta esa fecha.
Pictogramas obligatorios
En la misma línea, se establecen modificaciones para mejorar la identificación por parte de los usuarios de los VTC adaptados para personas con movilidad reducida. Así, será obligatorio que lleven en la esquina superior derecha de la luna trasera el pictograma de accesibilidad definido en la norma 'UNE 41501: 2002 Símbolo de accesibilidad para la movilidad. Reglas y grados de uso'.
Igualmente, se crean dos distintivos bicolores con el objetivo de mejorar su identificación permanente, según estén habilitados para prestar servicios urbanos o interurbanos, y con el fin, además, de evitar su deterioro y manipulación.
Hasta hora, estas pegatinas que se adhieren en las lunas trasera y delantera "presentan problemas significativos en cuanto a su seguridad frente a falsificaciones y durabilidad", según explica la Comunidad. También se menciona desde el Ejecutivo autonómico "la facilidad en su falsificación al carecer estos distintivos de elementos de seguridad".
Precio base
Asimismo, con estos cambios también se busca un régimen de precios que resulte "preciso y certero" para los usuarios. En primer lugar, se define el "precio base" para que no haya situaciones "desfavorables" para los consumidores. Así, será el precio medio de los servicios en un trayecto equivalente en el mismo horario, tomando como referencia los últimos diez días en los que no hubiera habido ninguna situación excepcional.
También se define con mayor claridad las diferentes circunstancias excepcionales de alta demanda. En este sentido, el Gobierno regional expone que se ha generado "cierta inseguridad jurídica" para los usuarios en la medida en que, en estas situaciones excepcionales, "se ha constatado que es práctica habitual la incorporación al precio final del servicio de una serie de suplementos".
De esta forma, se establecen los diferentes supuestos excepcionales que pueden generar una alta demanda tales como celebración de eventos no habituales o extraordinarios, fenómenos climatológicos que dificulten la movilidad de las personas, alteraciones graves e imprevistas en alguna de las infraestructuras de transportes o bien las situaciones de emergencia declaradas conforme al Platercam (Plan Territorial de Protección Civil).
En los tres primeros casos el precio de los servicios no podrá superar el 75% del precio base, mientras que en el cuarto caso no se podrá aplicar ningún incremento sobre el precio base. En cualquier de los supuestos, se señala, no se podrá añadir al precio final ningún otro suplemento salvo los que por peaje pudieran establecerse.
"A efectos de control, se añade la obligación para las empresas arrendadoras de conservar, a disposición de los servicios de inspección, la información relativa a la aplicación de las circunstancias excepcionales de alta demanda de servicios durante el plazo de un año", se apunta desde el Ejecutivo autonómico.
Finalmente, se prevé una evaluación 'ex post' del impacto económico y competitivo que garantice "la evaluación periódica de los efectos del decreto sobre la competencia y la unidad de mercado, con el fin de valorar la necesidad de su mantenimiento o revisión futura".
El proyecto ha sido sometido a dos trámites de consulta pública mediante la publicación en el Portal de Transparencia y ahora, recoge numerosas observaciones de asociaciones del sector de movilidad y plataformas digitales como Uber, Bolt, FreeNow, UNAUTO o ASEVAL.
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