Tribunales
La Justicia avala en Madrid el desahucio de familias vulnerables con menores si ocupan ilegalmente viviendas públicas
La sentencia se produce en un contexto especialmente sensible, donde cada vez más tribunales deben valorar el equilibrio entre el derecho a la vivienda y la protección de los bienes públicos
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha respaldado el desahucio de una familia en situación de vulnerabilidad, con dos menores a cargo, que ocupaba de forma ilegal una vivienda pública de la Agencia de Vivienda Social (AVS) de la Comunidad de Madrid. La sentencia, fechada el pasado 28 de marzo, sostiene que la existencia de menores no impide automáticamente el desalojo cuando la Administración ha actuado de forma proporcionada y ha ofrecido medidas para mitigar las consecuencias del lanzamiento.
El caso juzgado hace referencia a una familia que ocupaba sin título una vivienda de titularidad pública en el municipio de Móstoles. La Administración alegó que la familia contaba con ingresos mensuales de 1.200 euros (una cuantía que, según el fallo, permitiría a los miembros adultos alquilar una habitación o compartir piso de forma transitoria), mientras se encontraban a la espera de una vivienda pública concedida por el cauce legal. Además, se indicó que la vivienda ocupada contaba con suministros de agua y luz conectados de forma irregular, lo que suponía un riesgo tanto para sus ocupantes como para el vecindario.
La resolución del TSJM subraya que no se puede permitir que quienes acceden de manera ilícita a una vivienda pública obtengan un beneficio sobre aquellas personas o familias que siguen el procedimiento administrativo ordinario para solicitar una vivienda protegida. En palabras de la magistrada: “No se puede convertir la actuación ilegal en una forma de acceso prioritario a la vivienda pública”.
El tribunal también hace referencia a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que avala el desalojo de personas vulnerables (incluso con menores) siempre que se respete la proporcionalidad de la medida y se garantice la protección de los derechos de los menores. La Comunidad de Madrid, en este caso, ofreció a los afectados apoyo social y acompañamiento, lo que ha sido clave para que el tribunal entienda que no ha existido vulneración de derechos fundamentales.
La sentencia se produce en un contexto especialmente sensible, donde cada vez más tribunales deben valorar el equilibrio entre el derecho a la vivienda y la protección de los bienes públicos, frente a situaciones de ocupación irregular. Aunque el fallo no cierra la puerta a la protección de familias vulnerables, establece que dicha protección debe articularse dentro del marco legal establecido y no a través de vías de hecho como la ocupación.