Iniciativa

Nuevas ayudas por nacimiento o adopción en Madrid: requisitos, cuantías y cómo solicitarlas

No hay límites de renta ni requisito de edad de los progenitores y es compatible con otras subvenciones de la misma finalidad

Nuevas ayudas por nacimiento o adopción en Madrid: requisitos, cuantías y cómo solicitarlas
Nuevas ayudas por nacimiento o adopción en Madrid: requisitos, cuantías y cómo solicitarlasFreepik

Desde el 4 de noviembre de 2025, las familias residentes en Madrid pueden solicitar las nuevas subvenciones municipales por nacimiento o adopción incluidas en el Plan de Fomento de la Natalidad y Conciliación 2024-2029 del Ayuntamiento de Madrid. La primera teniente de alcalde, Inma Sanz, presentó la convocatoria en el Centro de Apoyo a las Familias 8 (CAF 8), acompañada de responsables de las áreas de Políticas Sociales y de Hacienda.

La ayuda se concede a menores nacidos o adoptados entre el 1 de junio de 2025 y el 31 de agosto de 2026. Los importes son 500 euros por el primer hijo, 750 euros por el segundo y 1.000 euros a partir del tercero.

Se trata de una prestación universal: no hay límites de renta ni requisito de edad de los progenitores y es compatible con otras ayudas de la misma finalidad procedentes de administraciones u organismos públicos y privados.

Requisitos para solicitantes

Podrá pedirla uno de los progenitores o tutores siempre que:

  • Sea español o extranjero con residencia legal en España.
  • Esté empadronado en Madrid desde hace al menos cinco años.
  • No esté privado de la patria potestad.
  • No incurra en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones (según las excepciones previstas en la convocatoria).
  • Tras la comprobación de requisitos, el ayuntamiento abonará la cuantía en un pago único.

Cómo se solicita

  • Rellenar el formulario disponible en la Sede Electrónica municipal (sede.madrid.es).
  • Presentarlo en el registro del ayuntamiento, telemáticamente o de forma presencial en las oficinas de Línea Madrid.
  • Solo procede una solicitud por cada nacimiento o adopción; en partos o adopciones múltiples hay que tramitar una por menor.

El plazo es de dos meses desde el día siguiente al nacimiento o a la resolución de adopción. Para los nacidos entre el 1 de junio y el 3 de noviembre de 2025 (fecha de publicación oficial), el periodo de dos meses empieza a contar el 4 de noviembre de 2025.

La convocatoria nace con 17,3 millones de euros: 8 millones con cargo a 2025 y 9,3 millones para el periodo 1 de enero-31 de agosto de 2026.