Opinión

El impuesto de la discordia

El impuesto de actos jurídicos documentados en relación con la constitución de hipotecas está provocando una serie de consecuencias que deberían hacernos reflexionar. En primer lugar, se produce una nueva interpretación por parte del Tribunal Supremo sobre el sujeto obligado al pago del impuesto, menos plausible que la anterior, y que a la postre ha sido transmutada por el Pleno de la Sala Tercera, y ello, sobre la base de una interpretación más acorde al texto de la Ley del Impuesto, que por otro lado no podemos olvidar, es el que por una nefasta redacción introduce la duda sobre quién está obligado al pago del impuesto desde su regulación en 1993.

A la primera decisión del Tribunal Supremo le sobreviene una irracional reacción de los mercados, que temen una avalancha de demandas contra los bancos, cuando un mínimo de reflexión jurídica indicaba que quien debía devolver el impuesto abonado tras la declaración de nulidad del reglamento eran las Administraciones Autonómicas, las cuales tendrían muy difícil repercutir estas devoluciones a los bancos, siendo el erario público el perjudicado. Esto se mezcla con una invitación a los hipotecados a ir preparando demandas contra los bancos, aun conociendo que no estamos ante un supuesto de cláusulas abusivas, puesto que el banco no es el que determinaba quien pagaba el impuesto, sino el Estado-legislador. Como colofón, ante la vuelta atrás en la Jurisprudencia del Tribunal Supremo, en mi opinión acertada, aun asumiendo la dificultad interpretativa del oscuro texto de la ley del Impuesto, el Gobierno de la Nación anuncia que por decreto Ley va a determinar que el obligado al pago del impuesto será el banco prestamista. ¿No se pudo anunciar antes? Esto es oportunidad política y como tal hay que aceptarla. La pregunta es si alguien se ha planteado si se puede cambiar una configuración esencial de un impuesto mediante un decreto Ley y si esto puede afectar a la Sexta Directiva sobre IVA en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios. Pero al margen de esto, lo más grave es que todas estas circunstancias están siendo aprovechadas por algunos para hacer lo que saben hacer muy bien, cuestionar el sistema y producir una profunda deslegitimación del mismo.