Nueva York
Sáhara Occidental, un pueblo ignorado
En la primera quincena de diciembre, el Parlamento Europeo se pronunciará sobre la ratificación del Protocolo del Acuerdo Pesquero entre la Unión Europea y Marruecos, protocolo que fue firmado en Rabat el 24 de julio de 2013 por la comisaria de Pesca, Maria Damanaki, y el ministro marroquí de Pesca, Aziz Ajanuch. Se llega a este pacto después de que el propio Parlamento Europeo rechazara el anterior acuerdo el 13 de diciembre de 2011. Entre los motivos del rechazo destacaba la falta de garantías para la población saharaui, titular de las aguas del banco pesquero sahariano, ilegalmente ocupado y explotado por Marruecos, la última potencia colonial en África.
Las aguas saharianas fueron calificadas en su momento como aguas marroquíes por el presidente Rodríguez Zapatero, pero también ahora lo han sido por el ministro Arias Cañete, para quien el Sáhara y los saharauis no existen, pues se ha referido recientemente en Bruselas a las poblaciones costeras y a los habitantes que viven al sur de Agadir («Agrosfera», TVE 2, 26/10/2013). Tales aguas son las que se extienden desde el paralelo 27º 40' N (frontera con nuestra antigua colonia de Cabo Juby, la actual Tarfaya) hasta el paralelo 21º 09' N (Cabo Blanco); ello hasta un límite de 12 millas náuticas (aguas territoriales) o de 200 millas náuticas (Zona Económica Exclusiva).
Como se ha dicho repetidas veces, la ocupación ilegal del Sáhara Occidental por Marruecos (descaradamente tutelada por Francia, y no reconocida por ninguno de los estados que forman parte de las Naciones Unidas) no sólo afecta a los derechos humanos personales de los habitantes saharauis. También afecta a los bienes materiales y colectivos de los que son titulares. Según el art. 73 de la Carta de las Naciones Unidas los intereses –políticos, económicos, sociales y educativos– de los territorios cuyos pueblos no hayan alcanzado la plenitud del propio gobierno están por encima de todo en un sistema de paz y de seguridad internacional.
El Sáhara Occidental también está afectado por la Resolución 1803 (XVII), de 14 de diciembre de 1962 de la Asamblea General de las Naciones Unidas referida a la soberanía permanente sobre los recursos naturales; y por el art. 1.2 del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, hecho en Nueva York el 19 de diciembre de 1966, según el cual todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales sin que en ningún caso pueda privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia.
Es decir, la Unión Europea puede cometer una ilegalidad si pacta con Marruecos el reparto o la gestión de unos bienes que no son suyos, las pesquerías saharianas, pues están en aguas de un territorio que está sujeto a descolonización y pendiente de la celebración de un referéndum sobre su independencia. Y lo que es peor, sin consultar a la población saharaui, que es la titular de dichas pesquerías.
Los que apoyan la ratificación del acuerdo pesquero euro-marroquí sostienen que el mismo salvaguarda la Derechos Humanos y los intereses económicos de la población saharaui. Ello días después que las Fuerzas de Seguridad marroquíes (que han necesitado refuerzos traídos de Marruecos) hayan disuelto a palos y con botes de humo manifestaciones de los saharauis durante la visita a El Aaiún de Christopher Ross, enviado especial del secretario general de las Naciones Unidas. Con las subsiguientes lesiones, detenciones arbitrarias y allanamientos injustificados, no sólo en El Aaiún, sino también en Smara y en Dajla (la antigua Villa Cisneros). Decir que se respetan los Derechos Humanos, cuando se impiden los derechos mínimos de manifestación, deambulación, libertad e integridad física, entraña desconocer la realidad de la vida en el Sáhara ocupado. A ello contribuye sin duda el nulo interés de la prensa, radio y televisión de nuestro país (y del resto de Europa) sobre los padecimientos de una población sometida por una potencia colonial y que sólo aspira a poder expresar su opinión sobre la autodeterminación siguiendo el mandato de las Naciones Unidas.
Llama la atención que en todo el articulado del Protocolo no aparece la más mínima referencia al Sáhara o a los saharauis. En el art. 2 párrafo cuarto, en el art. 4.2 y en el art. 4.4 se habla de la zona de pesca marroquí y en el art. 5.1 se hace referencia a los recursos pesqueros marroquíes. Nada se dice del límite meridional de las aguas marroquíes, el referido paralelo 27º 40', ni de las consecuencias jurídicas derivadas de la ilegalidad de apropiarse de las aguas por debajo de dicho meridiano. No se establece qué cantidad de la contrapartida financiera a satisfacer por la UE (40.000.000), debería ser destinada a la población saharaui (que no ha sido consultada para la elaboración del Protocolo), con qué criterios y mediante qué controles sobre su destino final. Para la Comisión Europea el Sáhara y los saharauis no existen.
Si el Protocolo es ratificado por el Parlamento, se habrá consumado un expolio colonial, precisamente cuando la Asamblea General invita a todos los gobiernos y a las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas a que adopten todas las medidas posibles para garantizar que se respete y proteja plenamente la soberanía permanente de los pueblos de los Territorios No Autónomos y sus recursos naturales, de conformidad con las resoluciones de las Naciones Unidas relativas a la descolonización.
Sería lamentable que la Unión Europea siguiera, en cuanto atañe a las poblaciones de los pueblos de los territorios invadidos y sometidos a un régimen colonial, un rumbo diferente del que marcan las resoluciones de las Naciones Unidas.
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