Tribunales
Carcaño cumplirá una condena mayor pero no se repetirá el juicio
El Supremo amplia la pena por un delito contra la integridad moral de la familia. El asesino deberá pagar los gastos de la búsqueda del cuerpo de Marta del Castillo
La sentencia por el «caso Marta del Castillo» ha dividido a los cinco magistrados del Tribunal Supremo encargados de resolver los recursos presentados tanto por la Fiscalía como por la acusación particular, ejercida por los padres de la joven sevillana y por la defensa del hasta ahora único condenado, Miguel Carcaño.
La sentencia por el «caso Marta del Castillo» ha dividido a los cinco magistrados del Tribunal Supremo encargados de resolver los recursos presentados tanto por la Fiscalía como por la acusación particular, ejercida por los padres de la joven sevillana, asesinada el 24 de enero de 2009, y por la defensa del hasta ahora único condenado, Miguel Carcaño. Y ello porque dos de los integrantes de la Sala eran partidarios de que se tuviese que repetir el juicio, tal como reclamaba el Ministerio y la acusación particular, por entender que el tribunal de la Audiencia de Sevilla realizó una valoración «arbitraria», «contradictoria» y «alejada de la más «elemental lógica». Esta tesis no ha sido compartida por la mayoría de la Sala, por lo que se rechaza que se vuelvan a juzgar estos hechos.
Sin embargo, la sentencia, que se notificará hoy, aumentará la pena a Miguel Carcaño, autor confeso del asesinato de Marta del Castillo y a quien la Audiencia de Sevilla impuso 20 años de cárcel, condenará a uno de los tres procesados que fueron absueltos en primera instancia.
En concreto, según confirmaron a LA RAZÓN fuentes jurídicas, el Supremo condenará a Carcaño también por un delito contra la integridad moral, tal como planteó de forma subsidiaria la Fiscalía. El Ministerio Público solicitó una pena de dos años por este delito, que, según las citadas fuentes, será prácticamente confirmada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
Los magistrados, en concordancia con el Ministerio Público, consideran que la conducta de Carcaño, con sus continuos cambios de versión sobre el lugar donde se encontraba el cadáver de la joven, provocó un quebranto en la integridad moral, e incluso psíquica, de los padres de Marta del Castillo.
Pero no sólo tendrá que estar dos años más en prisión, ya que la sentencia también le va a obligar a hacer frente a todos los gastos ocasionados a la Administración en las labores de búsqueda del cuerpo sin vida de la joven en el Guadalquivir, en el vertedero de Alcalá de Guadaira y en la zanja de Camas (Sevilla), motivados todos ellos también por esos continuos cambios de versión. Esos gastos fueron cuantificados en algo más de 616.000 euros.
Nueva condena
El tercer aspecto relevante de la sentencia del Supremo, pero no por ello menos importante, será la condena a uno de los tres procesados que fueron absueltos por la Audiencia de Sevilla, siempre según las fuentes consultadas. La Fiscalía solicitó la revocación de la absolución dictada respecto a Francisco Javier Delgado –hermano de Carcaño–, su novia, María García, y Samuel Benítez, acusados inicialmente de cómplices del único condenado.
Sin embargo, el Supremo estima sólo parcialmente esa solicitud del Ministerio Público, ya que todo hace indicar que condenará sólo a uno de ellos, Samuel Benítez. La condena se centraría, argumentan las mencionadas fuentes, en la propia autoinculpación que realizó en un primer momento, en concreto, de haber ayudado a Carcaño a deshacerse del cuerpo de la joven, pese a que después lo negó todo, hasta el haber estado en el piso de la calle León XIII, de Sevilla, donde se produjo el asesinato de Marta del Castillo.
Por otro lado, el Supremo rechaza el recurso de la defensa de Carcaño, quien solicitó que rebajase la condena de 20 años de cárcel a una pena de entre 10 y 15 años de prisión por un delito de homicidio, al sostener que no quedó acreditado que la muerte de la joven se hubiese realizado con alevosía. Sin embargo, la Sala considera que los hechos llevan justo a la conclusión contraria, es decir, que se actuó con alevosía, inflingiendo un daño innecesario que acrecentó el dolor de la víctima, motivo por el que confirma la condena por asesinato.
La conducta de Carcaño la resumió el fiscal en su escrito de formalización del recurso de casación: «Aumentó, exasperó y prolongó ese dolor de los familiares de la víctima, al ofrecer diversas y dispares versiones de la forma de sucederse los hechos y del destino dado al cuerpo de Marta, en la medida en que se iban descartando las anteriores versiones facilitadas por el mismo y que provocaron unas intensas, laboriosas y, en todo caso, fallidas labores de búsqueda del cuerpo de Marta, que aún no ha sido hallado... consciente de que con ello alimentaba inútilmente las expectativas de los familiares por encontrar el cadáver».
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