Normativa
La desconocida multa que te puede arruinar un día en la playa
La legislación puede llegar a ser muy concreta sobre lo que se puede hacer o no en estos entornos
Aunque la ley de Costas prohíbe la privatización de las playas y establece normas a nivel nacional, cada ayuntamiento tiene la autoridad para establecer sus propias regulaciones específicas.
De ahí que haya una legislación común que aplica a la gran mayoría de las playas en España y que es imprescindible conocer si no queremos ser sancionados durante este verano.
Reservar sitio en la playa
Algo que es muy común y que puede generar malestar entre los usuarios en una playa es, sin duda, el reservar sitio. Más allá del malestar que provoca el no poder dejar tu toalla en un sitio que aparentemente está libre, la ley ya ha legislado en este aspecto.
En la playa malagueña de Torrox, dejar enseres para guardar la primera línea de playa está prohibido. Estos objetos serán retirados y custodiados por el ayuntamiento durante 14 días. Para recuperarlos, se debe pagar una fianza de 30 euros. Esta regulación se implementó por primera vez en España en 2014.
Otras multas que aplican al entorno de playa en España
Aquí se detallan algunas de las multas impuestas en las zonas costeras de España que reciben una gran afluencia de turistas durante el verano:
Lavarse con jabón en las duchas
El Ayuntamiento de Alicante prohíbe, a través de una ordenanza, el uso de jabón en las duchas, lava-pies y aseos de las playas, así como la limpieza de utensilios de cocina en estas instalaciones. Esta infracción puede resultar en multas de hasta 750 euros.
Poner música en altavoces
El Ayuntamiento de Cádiz permite el uso de altavoces en las playas solo cuando se desarrollen actividades “regladas y autorizadas”. Se recomienda el uso de auriculares y la sanción por incumplir esta norma puede ser de hasta 750 euros.
Entrada de mascotas a las playas
En Tarragona, el ayuntamiento prohíbe la entrada de animales de compañía a las playas (excepto perros guía) entre el 1 de abril y el 15 de octubre. Incumplir esta norma es una infracción grave con multas de hasta 1.500 euros.
Venta ambulante de alimentos
El Ayuntamiento de Málaga considera la venta ambulante de productos alimenticios como una infracción grave, sancionada con multas que van desde 300 hasta 3.000 euros.
Instalar carpas sin autorización
En algunas playas de España, como en Valencia, instalar carpas sin autorización previa se considera una infracción 'muy grave' con multas que oscilan entre 1.501 y 3.000 euros.
Estas normativas varían entre los diferentes ayuntamientos y reflejan la necesidad de mantener el orden y la convivencia en las playas durante la temporada alta de turismo.
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