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Testamento digital: qué es y para que sirve
La figura del testamento digital regula el acceso a los contenidos digitales de la persona fallecida
El artículo 96 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales del 5 de diciembre de 2018 introdujo por primera vez en la legislación española el derecho al testamento digital, que permite a una persona expresar su voluntad sobre qué ocurrirá con los contenidos digitales a su nombre, una vez haya fallecido.
El derecho al testamento digital establece las reglas para el acceso y manejo de los contenidos en internet de personas fallecidas. Según se explica en la propia ley, los familiares y los herederos pueden solicitar a los proveedores de servicios de internet acceder a los contenidos y dar instrucciones sobre su uso, destino o eliminación. Sin embargo, si la persona fallecida lo prohibió expresamente, no podrán acceder a los contenidos ni solicitar cambios o eliminación. En su lugar, quienes tendrán el derecho a hacer de albacea será la persona o la institución designada por el fallecido.
En el caso de personas fallecidas menores de edad, sus representantes legales o el Ministerio Fiscal ejercerá estas facultades. Y en el caso de que el fallecido sufriese una discapacidadgrave, además de los mencionados anteriormente, las personas designadas para brindar apoyo también podrán ejercer estas facultades, si están incluidas en las medidas de apoyo establecidas.
O sea, que por un lado, el difunto designa a la persona o personas autorizadas a solicitar a las diferentes plataformas digitales el acceso a sus cuentas de correo electrónico y redes sociales, suscripciones, contraseñas y claves, blogs, dominios, información, documentos y fotos almacenadas en la nube, etc. Por otro lado, el difunto también da instrucciones precisas sobre qué quiere que ocurra con esa información.
A menos que el fallecido haya dejado instrucciones expresas al respecto, las personas autorizadas podrán trasladar a quien corresponda su voluntad de mantener o eliminar los perfiles en las diversas plataformas. Y si llega el caso en el que se solicita la eliminación de la información del difunto, el responsable del servicio deberá llevarla a cabo de inmediato.
¿Cómo se prepara un testamento digital?
Para hacer un testamento digital, se deben seguir los siguientes pasos: en primer lugar, recopilar toda la información digital de cada plataforma o canal donde estén almacenados los datos relevantes, como redes sociales, almacenamiento en la nube y correos electrónicos. Luego, establecer claramente qué hacer con este contenido, ya sea eliminarlo por completo, archivarlo o conservarlo sin actualizaciones.
A continuación, designar expresamente a una persona o institución de confianza como albacea testamentario, encargada de llevar a cabo nuestra voluntad. Es fundamental dejar por escrito tanto la voluntad como la persona designada, siendo claro y específico para evitar futuras disputas. Por último, se recomienda legalizar el testamento digital mediante su autorización ante notario, garantizando así su validez y cumplimiento según nuestras intenciones.
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A pesar de la redacción categórica de la norma, lo cierto es que la mayoría de las plataformas digitales que usamos en nuestro día a día tienen su sede en otros paíes. Y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales sólo tiene validez en el territorio nacional. Así que, lo cierto es que no existe ningún tratado internacional que obligue a las compañías involucradas a cumplir con las disposiciones del fallecido. Sin embargo, la experiencia hasta el momento es satisfactoria y las plataformas digitales suelen mostrarse dispuestas a colaborar con los afectados.
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