Aborto

Los médicos avalan los supuestos en el aborto, pero piden el de malformación

La Razón
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Madrid- La Organización Médica Colegial (OMC) pidió ayer que la nueva Ley del Aborto incluya el supuesto de malformación grave o enfermedad incompatible con la vida del feto para que la mujer pueda someterse a la interrupción involuntaria del embarazo. Ésta fue una de las observaciones que la Asamblea General de la OMC, que representa a los colegios médicos de España, realizó en relación al anteproyecto de ley. Así, los colegios no se oponen a la ley de supuestos, en contraposición con la ley de plazos vigente, pero señalan una serie de recomendaciones. Del mismo modo, recuerdan que los poderes públicos son responsables de conciliar sensibilidades diferentes.

El texto señala asimismo que la mujer que decide abortar «no ha de ser considerada ni definida de antemano como una enferma mental» y que la responsabilidad de certificar por parte de dos psiquiatras un grave peligro para su salud psíquica como condición para interrumpir el embarazo «queda en manos del criterio de cada profesional». Por otro lado, los médicos piden introducir en la nueva ley que al menos el padre o la madre de la menor de 16 y 17 años sean informados de la decisión de interrumpir el embarazo y que sólo se obvie esta información cuando alegue fundadamente

–certificado por los servicios sociales– que provocará un conflicto grave: violencia familiar, amenazas, coacciones, malos tratos, etc. Sobre la gratuidad de la píldora del día después, la OMC cree que el acceso a estos fármacos debe producirse en los centros de salud y de orientación familiar. La declaración considera también «necesario promocionar y favorecer» políticas específicas y de apoyo económico a la maternidad responsable, especialmente a familias con hijos con minusvalías y necesidades de cuidados específicos».En lo que respecta a la objeción de conciencia, la OMC recuerda que los médicos no pueden negar, ocultar o manipular información para influir en la decisión de la madre sobre la continuidad de su embarazo, por lo que la objeción se puede admitir en acciones directas pero no indirectas.