Cárcel
Las víctimas de negligencias sólo cobrarán una indemnización
Un baremo en daños sanitarios evitaría la decisión tomada por el Supremo
MADRID- Una sentencia del Tribunal Supremo sentará juriprusdencia en relación a la fijación de compensaciones por negligencia médica. En concreto, el órgano jurisdiccional establece la imposibilidad de un doble sistema de indemnización en caso de que un sanitario no haya actuado conforme a la «Ley Artis», por lo que el afectado deberá escoger entre cobrar una cantidad global, que se establece en función de determinados factores, o, por el contrario, elegir una renta vitalicia. «Lo que no es posible son las dos», dictamina. Según Ricardo de Lorenzo, abogado especialista en derecho sanitario, no es la primera vez que la institución se posiciona en cuanto a la doble compensación. «Lo que sí es noticioso es que un paciente realice una petición de dos subsidios ya que lo normal es que sólo se solicite uno. Sin embargo, se debe tener en cuenta que cobrar sendos subdisidos no puede efectuarse ya que así viene conformado por los principios jurídicos», explica.
Antecedentes
Esta posición del Tribunal Supremo se ha conocido a raíz de una sentencia presentada por unos padres cuya hija sufre secuelas debido a una parálisis cerebral que sufrió al nacer. El ginecólogo que asistió a la madre no realizó un debido control y monitorización del feto tras producirse una rotura uterina durante el parto, tal y como se recoge en la sentencia. Por ello, ante la mala praxis, los padres llevaron su caso ante la Audiencia Provincial de Valencia, donde recibieron una indemnización de 874.062,14 euros. No conformes con lo dictaminado, los progenitores reclamaron ante la Justicia que esta compensación se complementase con ayuda de carácter vitalicio para la menor afectada, que le fue denegada. Para la Defensora del Paciente, Carmen Flores, «la cuantía cobrada puese considerarse justa por todo el daño que se ha hecho pero, desde mi posición, el Tribunal no ha estado acertado al denegar la pensión. El Gobierno ha acordado que todo niño que nazca con parálisis cerebral, exista o no un descuido médico que haya ocasionado el daño, deberá cobrar una contribución para siempre. Me alarma que esta sentencia siente juriprusdencia porque hay pacientes que se van a ver perjudicados con esta posición». Por su parte, el letrado determina que «el problema que subyace ante este caso es que el Tribunal Supremo no dispone de un baremo para daños sanitarios y, por ello, actúa conforme el cómputo establecido según los accidentes de tráfico. De hecho, el consejo asesor del Ministerio de Sanidad está barajando la posibilidad de elaborar un baremo de este tipo. Con esta medida sobre la mesa, apunta el letrado «evitaríamos que los recursos llegasen hasta instancias del Supremo, y además hablaríamos de una juridificación y de una seguridad jurídica que protegería a todos los ciudadanos españoles». Sin embargo, la representante de todos los pacientes pide que «si la iniciativa sale adelante, hay que exigir que los jueces de todo el país se rijan por ese cálculo establecido y no estimen lo que ellos consideren oportuno».
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