Sentencia judicial

Tráfico tendrá que devolver los puntos cuando Hacienda anule una multa

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Burgos estima un recurso promovido por Automovilistas Europeos Asociados (AEA)

La mayor parte de las multas de la DGT corresponden a infracciones por exceso de velocidad
La mayor parte de las multas de la DGT corresponden a infracciones por exceso de velocidadA NAVASA NAVAS

Una reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Burgos ha estimado el recurso promovido por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en defensa de uno de sus socios y ha obligado a la DGT a devolver los puntos detraídos por sanciones anuladas por los servicios económicos de Hacienda.

Según ha informado la AEA, más de 1.500.000 expedientes sancionadores anulados el pasado mes de diciembre podrían quedar afectados por esta reciente resolución judicial, que obliga a devolver los puntos detraídos de expedientes mal tramitados o prescritos, informa Efe.

La sentencia del juzgado burgalés condena a la DGT a devolver el carnet y los puntos indebidamente detraídos a un camionero al que previamente el Tribunal económico-administrativo autonómico de Castilla y León, órgano dependiente del Ministerio de Hacienda, le había anulado la parte económica de las sanciones porque no habían sido correctamente notificadas.

AEA recuerda que, desde la puesta en marcha del permiso por puntos en 2006, la DGT se ha negado sistemáticamente a devolver los puntos indebidamente detraídos por multas mal tramitadas y anuladas por los servicios económicos de Hacienda.

Sin embargo, la sentencia declara que "sería contrario al principio constitucional de seguridad jurídica que para dos órganos del Estado (en este caso por un lado la Jefatura de Tráfico y el Tribunal económico administrativo regional) unos hechos existieran y a la vez no existieran".

Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, "la pérdida de puntos va unida a la multa como la sombra al cuerpo, ya que no puede ser que Hacienda anule la parte económica de la sanción porque no se ha notificado correctamente la multa y, sin embargo, Tráfico mantenga la detracción de puntos".

El caso, ahora resuelto favorablemente para el camionero afectado, se inició por la reclamación interpuesta, inicialmente ante Hacienda y en una segunda instancia ante el Tribunal económico-administrativo Regional de Castilla y León (TEAR), contra unas sanciones impuestas por Tráfico de las que el automovilista afectado nunca había tenido conocimiento previo.

Dichas multas, además de la sanción económica, llevaban aparejada la pérdida de puntos, pero Tráfico se negó a devolverlos e inició un procedimiento de pérdida de vigencia del permiso de conducir, a pesar de que se había anulado la parte económica de las multas, al quedar acreditado que las notificaciones postales que se practicaron fueron dirigidas a un domicilio que no era el indicado por el interesado.

Para Arnaldo, esta sentencia supone "un importantísimo precedente jurídico porque es desmontar el argumento perverso que desde hace más de una década utiliza la DGT para no devolver los puntos de multas mal tramitadas".