Tribunales

Un jurado declara culpable al joven acusado de asesinar a su bebé en Sevilla

El fiscal ha reclamado que siga en prisión provisional a la espera del veredicto final

Vista del edificio de la Audiencia Provincial de Sevilla
Vista del edificio de la Audiencia Provincial de SevillaManuel Olmedo

Un jurado popular ha declarado culpable al joven acusado de asesinar a su bebé en Sevilla y ha considerado que causó la “muerte intencionada” de su hijo zarandeándolo y dándole un golpe “violento”, hechos por los que la Fiscalía pasó de pedir una condena de prisión permanente revisable a otra de 25 años de cárcel.

Tras escuchar el veredicto, la Audiencia Provincial de Sevilla ha dejado este martes visto para sentencia el juicio contra el padre de la víctima, B.S.R., y la madre, R.F.G., a los que el jurado también ha declarado culpables de “no dispensar a su hijo los cuidados necesarios” después de que naciese prematuro y con poco más de un kilogramo de peso, hechos por los que el Ministerio Público los acusa de un delito de abandono familiar.

En este sentido, el jurado ha destacado que el niño estaba “sano” cuando los médicos se lo entregaron y que por parte de los progenitores hubo “dejación de funciones” porque dejaron de suministrarle el hierro que le habían prescrito los especialistas, faltaron a las citas hospitalarias o fumaron porros cerca de él.

El jurado ha considerado por unanimidad que el día de los hechos, el 12 de junio de 2017, el encausado se quedó solo con su hijo tras recibir la visita de dos testigos de Jehová y, “por circunstancias que se desconocen”, el bebé no dejaba de llorar, “situación que agotó la paciencia” de B.S.R., quien “con el ánimo de acabar con su vida” lo zarandeó “violentamente” y le dio un golpe en la cabeza contra una superficie lisa.

El menor sufrió un traumatismo craneoencefálico “severo” que acabó provocándole la muerte tres días después, el 15 de junio, cuando ya estaba ingresado en un hospital.

Los componentes del jurado también han aprobado por unanimidad que una amiga de la acusada llegó entonces al piso en el que los padres del niño vivían como okupas, en el barrio de El Cerezo, y vio a B.S.R. “nervioso” y con el bebé, que estaba “medio muerto”, en brazos, por lo que lo recogió y se lo llevó “corriendo” por las escaleras tras quitarse las zapatillas “para no resbalarse”.

Durante el juicio, los procesados afirmaron que a esta testigo se le cayó el bebé en ese trayecto, pero el jurado establece por unanimidad que la mujer “en ningún momento se tropezó o golpeó” al niño con las barandillas, la pared o el suelo, sino que lo cogió “con la cabeza apoyada en sus manos” y le hizo el boca a boca mientras descendía.

El padre de la víctima también defendió que el bebé falleció porque se ahogó con la leche del biberón, pero el jurado, de nuevo por unanimidad, ha discrepado de esa versión y ha afirmado que “la leche no provocó atragantamiento” y que el padre actuó “con total desprecio por la vida de su hijo”.

Después de oír el veredicto, la fiscal ha reclamado que B.S.R. continúe en prisión provisional, mientras que respecto a la acusada ha reconocido que la pena que pide para ella, tres meses de cárcel, está extinguida por el tiempo que permaneció en prisión preventiva.

El abogado del acusado ha solicitado que se le imponga la pena mínima y se ha mostrado “totalmente disconforme” con el veredicto porque “no ha tenido en cuenta ninguna de las circunstancias que ha expuesto la defensa”.

La abogada de R.F.G., por su parte, ha reiterado su conformidad con la condena que pide la Fiscalía, que en la última sesión del juicio también retiró la acusación por maltrato contra los dos acusados.