Función pública

Bendodo recalca la “legalidad” de las contrataciones en la Junta y ve “sorprendente” que la oposición critique el empleo público

Defiende que los procedimientos para entrar en la Administración han cambiado y “ahora lo que se tiene en cuenta son los principios de igualdad, mérito y capacidad”

El consejero de la Presidencia, Elías Bendodo
El consejero de la Presidencia, Elías BendodoJUNTA DE ANDALUCÍALa Razón

El consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior, Elías Bendodo, ha insistido este jueves en defender la “legalidad” de las contrataciones que se han hecho en la administración autonómica durante la pandemia del coronavirus y ha considerado “sorprendente” que PSOE-A y Adelante Andalucía critiquen que se cree empleo público.

Así se ha pronunciado Bendodo durante su comparecencia en comisión parlamentaria sobre “acceso a las bolsas de trabajo de la administración andaluza del personal que se inscribió en los procesos de funcionario interino en el marco de emergencia de salud pública ocasionada por el Covid-19”, a petición del grupo Adelante Andalucía.

“Este Gobierno cumple siempre la ley. Ha cumplido la ley cuando aprobó un plan de contratación en el marco de emergencia de salud para reforzar los servicios de la administración y está cumpliendo la ley cuando los tribunales han dicho que se anulen determinados procesos”, según ha recalcado Elías Bendodo. “Cumplimos antes, durante y después. Cumplimos la ley siempre”, ha apuntado.

Ha añadido que con el actual Gobierno andaluz, los procedimientos para entrar en la Junta han cambiado y ahora lo que se tiene en cuenta son los principios de igualdad, mérito y capacidad y hay transparencia, mientras que en la época de los gobiernos del PSOE-A “había otros requisitos ineludibles” que ya se han eliminado.

Según ha expuesto en la comisión, hasta la fecha, se han recibido 12 sentencias dictadas por Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, que anulan determinadas convocatorias efectuadas por resoluciones de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública para la selección de personal funcionario interino necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el Covid-19, en concretos Cuerpos, Especialidades y Opciones.

Ha añadido que a la fecha en la que se van dictando las sentencias, no sólo es que el acto anulado se haya ejecutado completamente, habiéndose realizado los nombramientos de funcionarios interinos, sino que los servicios prestados por los mismos han finalizado todos, puesto que los nombramientos eran hasta el 31 de diciembre de 2020.

Por tanto, desde el centro directivo encargado de esta cuestión se ha hecho lo que hay que hacer en estos casos, según el consejero, solicitar un informe al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, que ha decido que en cumplimiento de lo acordado por los jueces debe llevarse a efecto sin dilaciones indebidas y conforme al sentido más favorable para la efectividad del derecho fundamental de tutela judicial.

“Es decir, que las sentencias en cuestión han de ejecutarse aun cuando no sean firmes porque se haya presentado recurso de apelación, dado que han recaído en procedimientos especiales de protección de los derechos fundamentales, por lo que las mismas son inmediatamente ejecutables, aplicando lo dispuesto en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que señala que la anulación de una disposición o acto producirá efectos para todas las personas afectadas”, según ha dicho.

“Como siempre cumplimos la ley, se ha procedido a llevarlas a puro y debido efecto, practicando lo que exige el cumplimiento de las declaraciones contenidas en los fallos judiciales”, según Bendodo, que ha apuntado que la anulación de las convocatorias impide la valoración de los servicios desarrollados a efectos de futuros procesos selectivos.

Por ese motivo, según ha añadido, los pronunciamientos de las sentencias implican la exclusión del colectivo 3 de las correspondientes Bolsas de interinos de aquellas personas que hubieran obtenido un nombramiento interino con base en una convocatoria anulada.

Ha explicado que para integrar las bolsas de interinos del colectivo 3 lo único que ha de tenerse en cuenta es que se haya cesado como personal funcionario interino en los distintos Cuerpos, Especialidades u Opciones de la Administración General de la Junta de Andalucía y no se encuentren incluidos entre los colectivos 1 y 2, y se ordenarán en función del tiempo de trabajo desarrollado en el Cuerpo, Especialidad u Opción al que tenga asimilado su último nombramiento, en los 5 años inmediatamente anteriores al de su fecha de cese.

Es decir, según el consejero, el dato objetivo para integrarse en el dicho colectivo es haber desarrollado trabajo en un determinado Cuerpo, Especialidad u Opción como personal funcionario interino, si bien, en el presente supuesto, teniendo en cuenta la anulación de las convocatorias, no se podría valorar el trabajo desarrollado como funcionario interino hasta que se produjo cada sentencia.

Por tanto, según ha recalcado, las sentencias dictadas implican la exclusión de las Bolsas de interinos de aquellas personas que hubieran obtenido un nombramiento interino con base en una convocatoria anulada.

Por su parte, el diputado de Adelante Andalucía Ismael Sánchez ha denunciado el “caos que se ha organizado con la contrataciones express”, porque era un método “ilegal”, ya que “no se podían aplicar criterios de rapidez para el acceso a la administración pública”. “Y los jueces le han dicho que se extralimitó”, ha trasladado a Bendondo, a quien ha acusado de meter en la administración autonómica a casi 4.000 personas con procesos express.

Le ha reprochado que no asuma las consecuencias de todo esto y que no plantee una solución y le ha pedido que deje de “jugar con estos trabajadores”. “Maneja la función pública como si fuera su cortijo”, ha dicho al consejero, al que ha demandado una ley de función pública que “venga a solucionar todos los problemas”.