Tribunales
La defensa del decapitador de Huelva remarca la ausencia de huellas y mantiene que fue homicidio
La Fiscalía y la acusación particular mantienen en sus informes que el acusado es autor de un delito de asesinato, apuntando, además, que actuó con alevosía
La defensa de M.J.B.N., el vecino de Huelva acusado de matar un amigo, decapitarlo y posteriormente, con su cabeza por la calle a finales de octubre de 2020 en Huelva, ha remarcado hoy la ausencia de huellas y ADN en la presunta arma del crimen y ha mantenido que los hechos son constitutivos de un delito de homicidio, según recogió Efe.
“Tengan en cuenta la presunción de inocencia, no queremos que quede impune pero actúen con lógica y sentido común y determinen, en base a las pruebas practicadas, que lo cometido fue un homicidio”, ha apuntado el letrado, del turno de oficio, en su informe final en el juicio que contra esta persona se ha celebrado en la Audiencia de Huelva con tribunal del jurado.
El abogado ha señalado que, más allá de las contradicciones en las que su cliente haya podido incurrir entre su declaración en fase de instrucción y las del plenario, remarcadas por las acusaciones durante la primera jornada y hoy en sus informes, “la que tiene validez es esta última” en la que sostiene que hubo una discusión con forcejeo, después de que la víctima “le enseñara unos vídeos de contenido sexual en los que, entre otras mujeres, aparecían una de sus hermanas y su sobrina y comenzara a masturbarse”.
Ha incidido, además, en que “no se han encontrado ni huellas ni restos biológicos” en las dos estructuras del calentador que se han señalado como arma del crimen, algo que, entra en la teoría de esta parte de que “se dio un primer golpe accidental” y, posteriormente, el acusado lo agarró y volvió a golpearlo.
Asimismo, ha llamado la atención sobre el hecho de que su cliente “se parara a limpiar la casa y no limpiara estas estructuras” que ha día de hoy permanecen llenas de sangre.
En cuanto al estado mental del acusado ha considerado “insuficiente” la prueba practicada por las forenses quienes determinan que este hombre “no presenta sintomatología propia de psicopatía grave que anule sus capacidades volitivas ni cognitivas”, máxime, teniendo en cuenta la “experiencia traumática” vivida en la cárcel de México y en relación a que actuara bajo los efectos de la droga ha señalado que “no se hicieron análisis hasta tres días después de los hechos”.
La Fiscalía y la acusación particular, por su parte, han mantenido en sus informes que el acusado es autor de un delito de asesinato, apuntando, además, el hecho de que actuó con alevosía.
Tras recalcar la ausencia de trastorno mental, la fiscal se ha referido a el como una persona “agresiva” que actuó con un “grado de agresividad desbordante” y ha precisado que no es posible aplicar a este caso ninguna atenuante; únicamente ha hablado en favor del acusado en relación con el delito de robo entendiendo que no ha quedado demostrado.
Marcos García-Montes, letrado de la acusación particular, ha modificado sus conclusiones en el sentido de ampliar la pena solicitada por el delito de robo, y sumar a la lista de delitos el de contra el honor y la integridad moral y ha pedido al jurado que “no permitan que haya más C.R. ultrajados, humillados y decapitados”.
Tras los informes se ha entregado a los miembros del jurado el objeto del veredicto al objeto de que deliberen sobre el mismo.
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