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Sucesos

Una jueza dicta una condena inédita por violencia vicaria al matar al perro de su expareja

La magistrada Auxiliadora Díaz razona que "la muerte del animal fue el instrumento elegido para causar el menoscabo psíquico"

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El Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha impuesto 12 meses y un día de prisión a un hombre que el 13 de septiembre arrojó por un risco costero al perro que compartía con su pareja. El cachorro, un podenco de casi cuatro meses, murió al golpearse contra las escolleras. La resolución difundida por la Oficina de Comunicación del TSJC resulta relevante porque aplica perspectiva de género y encuadra los hechos como violencia vicaria. El fallo enlaza el delito contra los animales en concurso medial con un delito de maltrato psicológico previsto en el artículo 153.1 del Código Penal.

La magistrada Auxiliadora Díaz razona que "la muerte del animal fue el instrumento elegido para causar el menoscabo psíquico. No hubo mera coincidencia de hechos. Existió una finalidad concreta que buscaba quebrar emocionalmente a la mujer".

Horas antes de los hechos, el condenado telefoneó a su pareja y le dijo que iba a matar al perro y después se quitaría la vida. Ella acudió a la zona del Paseo de Las Canteras y la carretera del Rincón con la intención de recuperar a la mascota. Allí él advirtió que no se acercara o tiraría al perro y luego se mataría. Acto seguido y con ánimo de dañarla psicológicamente lanzó al cachorro por un risco.

La víctima sufrió una afectación psicológica que precisó asistencia facultativa. El tiempo de curación estimado asciende a 90 días.

El tribunal sostiene que mirar el caso con perspectiva de género permite identificarlo como violencia vicaria ejercida a través de un animal de compañía. Se trató de un mecanismo de dominación y control sobre la víctima que requiere una respuesta penal agravada y medidas de protección eficaces.

Además de la pena de prisión que queda suspendida al no existir antecedentes y ser inferior a dos años, se impone la prohibición de acercamiento y de comunicación con la denunciante durante dos años y un día.

El procedimiento se resolvió mediante juicio rápido celebrado el lunes 22 de septiembre. El acusado admitió los hechos descritos por la Fiscalía y se conformó con la pena. La sentencia es firme.