Vivienda
Cantabria da vía libre para limitar el número de pisos turísticos
El Gobierno regional establece un nuevo proyecto de decreto para regular este tipo de alojamientos sin imponer a los municipios que lleven a cabo restricciones si no quieren
La vivienda destinada al uso turísticopodrá ser regulada en la región de Cantabria. Así se desprende de lo anunciado por el Ejecutivo regional (PP), que ha hecho público el proyecto de decreto que regulará este tipo de alojamientos. En el documento presentado destaca sobre todo la concesión a ayuntamientos cántabros para que tengan la capacidad de autorizar, limitar o prohibir los pisos vacacionales en sus municipios, de manera que puedan establecer "qué tipo de modelo turístico quieren". Según han manifestado desde el Ejecutivo que dirige María José Sáenz de Buruaga, no se impone para no invadir las competencias municipales.
En este sentido, la consejera de este departamento, Eva Guillermina Fernández, ha destacado que "esas son competencias urbanísticas que no tiene la Consejería, lógicamente", sino "que tienen los ayuntamientos, y cada ayuntamiento decidirá qué tipo de modelo turístico quiere para sus municipios".
Asimismo, la consejera ha querido resaltar que este decreto regulatorio se ha desarrollado "con el mayor consenso posible", para lo cual se han realizado "numerosas reuniones" con todos los agentes del sector, municipios y asociaciones.
¿Qué recoge el nuevo decreto del Gobierno cántabro?
Esta nueva propuesta amplía a las personas jurídicas como titulares de los pisos turísticos, además de fijar como requisito un informe de compatibilidad de uso turístico de la vivienda con el planeamiento urbanístico del municipio (el cual emite el órgano municipal competente), que se debe incluir dentro de la declaración responsable.
Igualmente, si miramos en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) extraordinario vemos que se ha publicado este anuncio, para lo que desde este martes se abre un periodo de 10 días hábiles para presentar alegaciones al documento, el cual se puede ver en el portal de trasparencia. Pasado ese plazo, se procede a analizar esas alegaciones, y, posteriormente, tras redactar el texto definitivo del decreto, se pedirán los informes jurídicos a otras Consejerías y al Consejo de Estado. En concreto , este proyecto de decreto, elaborado por la Consejería de Turismo, cuenta con 11 artículos agrupados en dos capítulos, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.
Si prestamos una atención más detallada al documento, se observa que el capítulo I recoge que las personas jurídicas pueden ser titulares de viviendas de uso turístico, puesto que su exclusión supondría “una restricción subjetiva al desarrollo de la actividad que no encuentra amparo en una razón imperiosa de interés general debidamente justificada” en base a lo que determina la ley respecto al "libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio".
En cambio, en el capítulo II de Régimen jurídico, procedimiento de inicio, ejercicio de la actividad y régimen sancionador, se pueden apreciar algunas nuevas disposiciones en comparación con el Decreto del 2019. Así, en el artículo 4 sobre régimen jurídico, “se prevé que los ayuntamientos puedan establecer limitaciones al número de viviendas u otras medidas dentro de su ámbito competencial, sin que se configure como una imposición, pues si no se invadiría la autonomía municipal”.
Por otro lado, es en el artículo 5 donde se incluye la parte que regula el inicio de la actividad y que requiere la presentación de la declaración responsable, la cual será solicitada también si se cambia de titularidad. A su vez se recoge la responsabilidad de la persona declarante en caso de incumplimiento de las obligaciones que se asumen con la presentación de la declaración responsable.
Es cuanto al artículo 6 destaca la regulación del contenido de la declaración responsable. Entre los requisitos de la misma resalta como novedad un informe de compatibilidad de uso turístico de la vivienda con el planeamiento urbanístico del municipio. Se trata de un requisito básico para asegurar que las viviendas de uso turístico declaradas ante la administración autonómica, e inscritas en el Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria, cumplen con los requisitos establecidos en la normativa correspondiente, sobre todo la urbanística. De esta forma se pretende evitar situaciones jurídicas fuera de la legalidad.
Además, se pedirá un seguro de responsabilidad civil para cubrir los posibles daños que puedan surgir el ejercicio de la actividad de vivienda de uso turístico, un sistema similar al que recoge la mayoría de la normativa que regula los establecimientos turísticos en la región cántabra.
✕
Accede a tu cuenta para comentar