Medio Ambiente
Desestiman la instalación de una planta fotovoltaica en La Carballeda zamorana
Desde el Miteco se asegura que no se puedan descartar impactos negativos significativos sobre la flora y los hábitats
La Dirección General de Política Energética y Minas, perteneciente al Ministerio de para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), desestimó la solicitud de ISC Greenfield 12, SL, de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública de la instalación fotovoltaica Zafra, de 320 MW de potencia pico y de su infraestructura de evacuación, ubicada en los términos municipales de Justel y Muelas de los Caballeros, en la comarca zamorana de La Carballeda, según la resolución publicada hoy en el Boletín Oficial de Estado (BOE).
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emitió, con fecha 23 de enero de 2023, la resolución por la que formula declaración de impacto ambiental desfavorable para la realización del proyecto parque solar fotovoltaico Zafra y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Muelas de los Caballeros, Justel, Peque, Manzanal de los Infantes, Cernadilla, Asturianos y Palacios de Sanabria (Zamora).
De esa forma, se concluye que con la alternativa de ubicación seleccionada, y con las medidas planteadas, no puede descartarse que se produzcan impactos negativos significativos sobre la flora y los hábitats de interés comunitario, la fauna, el dominio público hidráulico y sobre la integridad de espacios de la Red Natura 2000.
No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.
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