Sociedad
Un juzgado reconoce el derecho a pensión de viudedad a una víctima de violencia machista
La mujer carecía del reconocimiento previo pero la sentencia “interpreta la situación a la que se vio expuesta durante años”
El Juzgado de lo Social número 12 de Valencia ha reconocido la pensión de viudedad a una mujer que carecía del reconocimiento previo de víctima de violencia machista y pese a haber transcurrido más de diez años entre la separación del matrimonio y el fallecimiento del agresor, requisitos establecidos en la Ley General de la Seguridad Social, según un comunicado de Comisiones Obreras.
La secretaria de la Dona de CCOO PV, Cloti Ibarra, ha explicado que el magistrado “integra a la perfección la perspectiva de género” ya que “no solo aplica la ley sino que, a partir de las pruebas expuestas, es capaz de interpretar la situación a la que se vio expuesta la víctima durante años”.
Ibarra ha celebrado esta sentencia porque “puede abrir la posibilidad a multitud de mujeres, víctimas silenciosas de un calvario pero que carecen de acreditación previa, y evitar que también se vean expuestas a un calvario judicial para el reconocimiento de sus derechos”.
La sentencia constata que en el caso “hay unos claros indicios de violencia de género, como exige el legislador en el artículo 174.2 de la Ley General de la Seguridad Social y que el precepto no distingue, cuando concede el derecho a la pensión de viudedad ‘en todo caso’ (…) por lo que la ley sí que muestra una clara voluntad del legislador de reparar la situación de la víctima”.
El sindicato ha reclamado mayor formación a las personas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para integrar la perspectiva de género en el proceso administrativo de estas pretensiones y no solo en la aplicación mecánica y literal de la normativa.
”En el presente caso, había indicios suficientes para haberse detenido un solo instante y ver la situación en la que se solicitaba la prestación y qué requisitos obraban”, aseguran desde CCOO PV.
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