Polémica

La ley de Irene Montero ha beneficiado a Dani Alves: ¿Por qué la pena es tan baja?

La ley impulsada por Montero rebajó la pena mínima por el delito de agresión sexual a cuatro años. Tras la reforma, vuelve a ser de seis.

La ley de Irene Montero ha beneficiado a Dani Alves: ¿Por qué la pena es tan baja?
La ley de Irene Montero ha beneficiado a Dani Alves: ¿Por qué la pena es tan baja?Archivo

La Audiencia de Barcelona condena al futbolista por agresión sexual a 4 años y seis meses de prisión. La sentencia considera que ha quedado acreditado que la víctima no consintió y que existen elementos de prueba, además del testimonio de la denunciante, para entender probada la violación. El tribunal de la sección 21 de la Audiencia Provincial de Barcelona le impone además 5 años de libertad vigilada, alejamiento e incomunicación de la víctima durante 9 años y 6 meses, así como indemnización de 150.000 euros y pago de las costas. Una sentencia a la que no ha tardado en reaccionar la ex ministra de Igualdad, Irene Montero, que no ha dudado en volver a vender las bondades de la Ley del "solo sí es sí".

"La sentencia contra Dani Alves establece con claridad que cometió una agresión sexual porque la víctima no consintió. Es el resultado de la lucha feminista por el derecho a la libertad sexual y por poner el consentimiento en el centro. Se acabó la impunidad. Solo sí es sí"ha escrito Irene Montero en redes sociales.

Sin embargo, la realidad es que el futbolista se ha beneficiado de su polémica norma al cometer el delito antes de que fuese reformada.

Seis años mínimo con la ley actual

La inicial Ley del "solo sí es sí" de la exministra Irene Montero, vigente cuando Dani Alves cometió la violación del Sutton, le ha permitido beneficiarse de una condena de cuatro años y medio de cárcel porque rebajaba la pena mínima por el delito de agresión sexual, que ahora vuelve a ser de seis. Tras la reforma -que provocó un cisma en el Gobierno- se elevaron las penas, tanto en los casos de agresión sexual -de 1 a 5 años de prisión, frente a las de 1 a 4 años del ‘solo sí es sí’-, como en aquellas agresiones en las que hay penetración (violación) -que pasa de los 4 a 12 años que recoge la ley de Igualdad, a una horquilla de entre 6 y 12 años-. Es decir el futbolista, en teoría, se habría enfrentado a una pena mayor si cuando cometió el delito ya se hubiese modificado la ley impulsada por Igualdad.

Para fijar la condena a Alves, al que aplica la atenuante de reparación del daño, la sección 21ª de la Audiencia de Barcelona se basa en el marco punitivo más favorable para el acusado: los artículos 178 y 179 del Código Penal, de acuerdo con el redactado inicial de la ley del "solo sí es sí", antes de que el PSOE pactara con el PP reformarla.

Y es que el futbolista cometió la violación la noche del 30 de diciembre de 2022, cuando llevaba dos meses vigente la ley del "sólo sí es sí" de Irene Montero, que en marzo de 2023 se acabó reformando con los votos de PSOE y PP -y la oposición de Unidas Podemos- tras la polémica originada por las inesperadas rebajas de pena y excarcelaciones de violadores.

La ley de Montero apostaba por el consentimiento como eje de la violencia sexual y unía en un solo delito lo que antes eran dos -abusos sexuales y violaciones-, con lo que rebajaba la pena mínima a cuatro años de cárcel y ampliaba a doce la máxima.

Seis meses después, el PSOE impulsó su proposición de ley para reformar los aspectos legales que habían despertado más polémica y volvió a situar en seis años de cárcel la pena mínima en las violaciones que se cometieran con violencia e intimidación, tal y como estaba previsto en la legislación antes de los cambios impulsados por la exministra de Igualdad.

En el caso de Alves, el tribunal recuerda que la reforma penal de Montero "es más favorable al acusado, al establecer un marco punitivo más amplio pero un límite inferior más bajo", por lo que, al reconocerle la atenuante de reparación del daño, la pena queda en cuatro años y medio de prisión.

La Fiscalía pedía nueve años de cárcel para el internacional brasileño, al que no reconocía ninguna atenuante, mientras que la acusación particular ejercida por la víctima lo elevaba a doce años de prisión, la pena máxima con la legislación vigente en el momento.