Funcionarios

A quiénes afecta la sentencia sobre la indemnización de los interinos

El Alto Tribunal europeo sentencia que los trabajadores temporales que cubren una plaza pública no tienen derecho a cobrar compensaciones económicas tras acabar su contrato

Los funcionarios interinos contratados para cubrir una vacante no tendrán indemnización
Los funcionarios interinos contratados para cubrir una vacante no tendrán indemnizaciónMariscalAgencia EFE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado la normativa española que niega la indemnización por despido a funcionarios interinos contratados como empleados temporales para cubrir una plaza vacante hasta que sea cubierta por un funcionario de carrera.

Estos son los principales afectados por la sentencia del TJUE:

1. Interinos que cubren la baja de un empleado público con plaza fija que goza de permisos de maternidad o paternidad o para cuidado parental.

2. Interinos en puestos que cubren excedencias, jubilaciones parciales o liberaciones sindicales de empleados públicos.

3. Interinos contratados para cubrir la salida de funcionarios a cargos públicos tras unas elecciones.

4. Interinos que cubren una plaza que pertenecía a un trabajador público que ha llegado a su jubilación y no se ha cubierto su vacante por otro funcionario de carrera.

5. Interinos que sustituyen a un funcionario que se ha trasladado a otro puesto en la Administración Pública.

6. Interinos que cubren temporalmente un puesto de trabajo público durante el tiempo que dura el proceso de selección o de promoción de la plaza cubierta.