Deliveroo
La Justicia, a favor de los «riders» de Deliveroo
La libertad del repartidor para no trabajar «no es tan amplia, puesto que si rechaza pedidos recibe una penalización»
El segundo asalto de la batalla judicial por la relación laboral de los «riders» de Deliveroo con la misma empresa se ha saldado, de nuevo, con un punto a favor de los 532 repartidores de la empresa. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha sentenciado que «son trabajadores sujetos a una relación laboral con la compañía en la que prestan sus servicios y no autónomos, como sostiene Deliveroo», informa Efe.
Esta sentencia desestima los recursos de súplica formulados por Roofoods Spain SL frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 19 de Madrid en Julio del pasado año, que concluyó que los «riders» eran trabajadores de la empresa. En esta nueva resolución, una de las claves que se destacan es que la libertad del repartidor para no trabajar «no es tan amplia como se quiere aparentar, puesto que, si rechaza pedidos (...) recibe una penalización», lo que se traduce en que a partir de ahí se le conceden menos servicios y, por tanto, sus ingresos bajan. Se cita también como argumento que el repartidor no podría realizar la actividad si únicamente contara con su propia bicicleta o teléfono móvil, ya que en la operativa es imprescindible la estructura de Deliveroo y su plataforma, que pone en contacto a clientes, restaurantes y «riders». Con esta nueva sentencia, la balanza en los tribunales se inclina en favor de quienes entienden que estos trabajadores son asalariados y no autónomos. En el caso de Deliveroo no cabe duda de que los fallos han sido contrarios a su modelo laboral.
El origen de todo el caso está en una inspección a Deliveroo sobre sus actividades entre octubre de 2015 y 2017 y que acabó con el alta inducida de 537 repartidores. Este tipo de actas conllevan una demanda de oficio por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social que se ha convertido, hasta ahora, en el mayor juicio sobre el modelo laboral de las plataformas.
Asimismo, los tribunales ya se mostraron favorables a los «riders» en un caso parecido con la empresa Glovo. Cuando un repartidor fue despedido de manera improcedente al negarse a trabajar estando de baja, lo que evidenciaba una realidad laboral ordinaria y no de trabajador por cuenta propia.
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