Seguridad Social

¿Cómo regularizar y actualizar el salario de las empleadas del hogar? Últimos días para hacerlo

El 31 de marzo acaba el plazo para comunicar su retribución desde el 1 de enero de 2021 y actualizarla al SMI

Empleada del hogar
Empleada del hogarJesús G. FeriaLa Razon

Comienza la cuenta atrás para regularizar el salario de las empleadas del hogar. El pasado mes de febrero la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) puso en marcha una campaña para actualizar los sueldos que se encuentren por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y sus cotizaciones a la Seguridad Social. Para dar a conocer esta campaña, la ITSS envió cartas a los empleadores que figuran en las bases de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y que cumplen dos condiciones: un contrato de trabajo a tiempo completo y unas retribuciones inferiores al SMI. Transcurrido más de un mes, el plazo para comunicar la información de la retribución real desde el 1 de enero de 2021 se aproxima a su fin: el 31 de marzo.

¿Cuál es el mínimo que deben cobrar?

Para jornada completa, 950 euros al mes en 14 pagas o 1.108,33 euros al mes con prorrateo de pagas extras, y para jornada por horas el salario mínimo será de 7,43 euros la hora.

¿Cómo regularizar la situación?

-A través del servicio de “Variaciones/Correcciones” de datos de trabajadores en el Sistema Especial para Empleados de Hogar de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Podrá hacer este trámite con certificado electrónico, cl@ve o identificación vía SMS (si ha comunicado su teléfono a la Seguridad Social previamente).

-Si no dispone de estos medios de identificación electrónica, puede cumplimentar el formulario al que se puede acceder a través de un código QR que figura impreso en la carta remitida por la ITSS o desde este enlace seleccionando la categoría “Empleador/Empleado de Hogar” y el trámite “Comunicación de Inspección de Trabajo”. En esta caso, deberá adjuntar el Modelo TA.2/S-0138 cumplimentado y una copia de su documento de identidad.

-Otra opción es comunicarlo a través de un Autorizado al Sistema RED (Graduados sociales, Gestorías, Abogados y otros Profesionales Autorizados),si dispone de uno. El autorizado RED deberá utilizar el servicio de “Variaciones” en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, que se encuentra ubicado en el apartado “Inscripción/Afiliación” online de la Oficina Virtual.

¿Y si las variaciones son previas al 1 de enero?

Para comunicar variaciones que afecten tanto al salario como al tipo de contrato y horas de trabajo declaradas, que deban surtir efectos con anterioridad al 1 de enero de 2021, solamente podrán utilizarse los siguientes canales:

-Si el trámite lo realiza personalmente el empleador o su representante, deberá hacerlo a través del formulario habilitado sin certificado digital mencionado con anterioridad y disponible en este enlace, adjuntando su documento de identidad y el Modelo TA.2/S-0138.

-Cuando el trámite lo efectúe un Autorizado al Sistema RED deberá hacerlo a través de CASIA, seleccionando la materia” Afiliación”, “altas y bajas”, categoría: “Variación datos trabajadores SE Hogar”, subcategorías: “cambio retribución con efecto retroactivo”; “cambio contrato con efectos retroactivos”; “cambio Nº horas/mes con efectos retroactivos”.

Si cobra más, ¿también hay que hacer este trámite?

Si la retribución abonada es superior al SMI, se deberá declarar igualmente la totalidad de las retribuciones abonadas, incrementadas con el prorrateo de pagas extraordinarias. Esto se suma a la obligación de declarar el resto de retribuciones no monetarias (como alojamiento o manutención, por ejemplo) que constituyan el salario del empleado de hogar. La suma de la totalidad de los conceptos retributivos abonados deberá declararse durante el trámite en el apartado de “Retribución mensual”. 

¿Pueden sancionar por no hacerlo?

A partir del 1 de abril de 2021, si el empleador no ha declarado el salario actual ante la TGSS, se iniciarán actuaciones inspectoras de comprobación por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que pueden conllevar sanciones.

¿Dónde pueden revolver mis dudas?

Para resolver cualquier duda relacionada con esta cuestión, deberá acudir al asistente virtual ISSA disponible en la web y en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Para acceder a esta información bastaría con preguntar a ISSA sobre “variación de datos de hogar”  o “cambiar salario en hogar”.