Consumo

La factura de agua varía hasta un 479% en función de la ciudad en la que se resida

Ceuta es la ciudad con el agua más cara de las 57 analizadas por Facua en todos los supuestos contemplados y la segunda posición la ocupa Murcia, mientras que León es la más barata

Un plaguicida detectado en el agua potable de Almenara restringe su consumo
Un plaguicida detectado en el agua potable de Almenara restringe su consumolarazon

La factura del agua varía hasta un 479,3% según la ciudad en la que se resida en España, según un estudio realizado por Facua sobre las tarifas para el año 2021 del suministro domiciliario de agua en 57 ciudades españolas.

Ceuta es la ciudad con el agua más cara de las 57 analizadas en todos los supuestos contemplados y la segunda posición la ocupa Murcia, mientras que León es la más barata, según el estudio que abarca todas las capitales de provincia y de comunidades (Santiago de Compostela y Mérida), además de las dos ciudades autónomas y las tres ciudades (Gijón, Jerez de la Frontera y Vigo) que tienen una mayor población que sus respectivas capitales de provincia.

A partir de la tercera ciudad más cara, las ciudades difieren dependiendo del grosor del contador y el consumo mensual, y, así, para contadores de 13 mm, las que siguen a Ceuta y Murcia son Cádiz, Valencia y Palma, y en el caso de los contadores de 15 mm, la tercera posición la ocupa Santa Cruz de Tenerife, seguida de Valencia y Huelva.

Las variaciones tarifarias suponen al año hasta 278,50 euros (antes de impuestos) de diferencia para una vivienda con un consumo de 9 metros cúbicos mensuales y un calibre de contador de 13 ó 15 mm, que van desde los 4,84 euros al mes que se pagan en León hasta los 28,04 euros que se abonan en Ceuta. Si el consumo alcanza los 13 m3 mensuales, las variaciones alcanzan los 329,33 euros al año.

A pesar de las enormes diferencias tarifarias entre las 57 ciudades analizadas, las viviendas con un consumo de 9 m3, con un contador de calibre 13 mm, pagan en 2021 de media 14,86 euros (lo mismo que en 2020), frente a los 15,16 euros que pagan aquellos hogares que tienen instalado un contador de 15 mm (lo mismo que en 2020). En aquellas familias con un consumo de 13 m3 y un contador de 13 mm, el precio medio alcanza los 20,66 euros (al igual que en 2020), frente a los 20,96 euros que abonan los hogares que consumen 13 m3 de agua con un contador de calibre 15 mm (misma cantidad que en 2020).

La asociación cuestiona la existencia de esta diferenciación de precios sobre la base del calibre del contador, dado que no existen razones técnicas para hacerlo. Así lo recogen las especificaciones de los propios fabricantes de contadores, así como los documentos técnicos de algunos operadores como Canal de Isabel II (es paradójico que, sin embargo, Madrid sea una de las ciudades que diferencia tarifas según el calibre del contador), y dos resoluciones emitidas por la Consejería de Industria de la Junta de Andalucía.

Según el estudio, 52 de las 57 ciudades analizadas (nueve de cada diez) no han modificado sus tarifas en 2021, si bien la mayor subida se ha producido en San Sebastián, un 2,4 y un 2,6% según el consumo (9 ó 13 m3 mensuales), mientras que en León y Ciudad Real la subida es casi imperceptible. Por el contrario, en Alicante y Santander bajan levemente (un 0,7 y 0,3 % respectivamente), según el estudio de Facua, que reclama los ayuntamientos que adopten un sistema progresivo de tarificación que refleje mejor el consumo de los hogares por número de habitantes, de tal manera que se penalicen los consumos excesivos.

Tarifa progresiva

“Los consumos elevados en hogares en los que residen pocas personas podrían reflejar un despilfarro de agua que debería ser penalizado y resultar más caro que el consumo elevado de un hogar en el que residen muchas personas. Un sistema tarifario que contemple este tipo de cuestiones es más equitativo para la ciudadanía y asimismo permite premiar el ahorro con tarifas más asequibles”, señala Facua.

Asimismo, la asociación considera imprescindible una regulación garantista frente al corte o suspensión del servicio, que defina y regule la situación de personas vulnerables de especial protección y que asegure un mínimo vital como un derecho de los usuarios.