Impuestos
¿Hay que declarar el dinero recibido como regalo en Navidad? Hacienda lo aclara
Estas cantidades son consideradas como una donación y a partir de determinada cuantía pueden levantar sospechas ante las entidades bancarias y la Agencia Tributaria
Antes de fallar en la elección de un regalo, optar por dar dinero es una alternativa con garantía de éxito. Esta práctica es cada vez más popular, ya que contenta al que recibe el obsequio en metálico y le permite adquirir aquellos artículos que verdaderamente desea o necesita. Entre los sobres de familiares, amigos y pareja, el montante de dinero recaudado en Navidad puede marcar la diferencia en su cuenta bancaria y levantar sospechas ante Hacienda. Aunque en la mayoría de los casos las cuantías recibidas no son lo suficientemente altas como para hacer saltar las alarmas, la Agencia Tributaria vigila a conciencia los movimientos de dinero para prevenir el blanqueo de capitales, el dinero negro y, en definitiva, la economía sumergida. Por ello, preguntarse si hay que declarar el dinero que se recibe como regalo en Navidad no es baladí.
El Código Civil establece en su artículo 618 que una donación “es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta”. El organismo no fija una cantidad mínima a partir de la cual es necesario declarar el dinero regalado, ya que a su parecer es necesario declarar cualquier entrega de dinero, por pequeña que sea Sí, hasta los 30 euros de aguinaldo que le dé un familiar.
No obstante, el portal de reclamaciones online Reclamador.es explica en referencia a los regalos de boda —y que también es aplicable a los regalos de Navidad— que la Agencia Tributaria no suele perseguir esos movimientos de dinero porque su cuantía es muy baja. Sin embargo, ante ingresos en metálico superiores a 3.000 euros o el ingreso de billetes de 500 euros, las entidades bancarias están obligadas a comunicar a Hacienda quiénes son los titulares de la cuenta que recibe el ingreso, así como las personas que lo hacen y la cuantía del movimiento.
Hasta cuatro años para reclamarle el pago del impuesto
Como regalar dinero es una práctica muy extendida y las cantidades son mínimas, el Fisco no suele poner el foco en estos obsequios navideños. Aún así, es conveniente saber que regalar dinero es considerado una donación y que si las cantidades son muy elevadas pueden levantar sospechas ante Hacienda.
Si considera que la cuantía recibida es lo suficientemente grande como para tener que declararla, también debe saber que el porcentaje a pagar en concepto de Impuesto de Sucesiones y Donaciones varía en función de cada comunidad autónoma y debe abonarse en el plazo de 30 días a contar desde el día siguiente a aquel en que se cause el acto o contrato gravado (no se contarán sábados, domingos ni festivos). Asimismo, Hacienda dispone de hasta cuatro años para enviar un requerimiento por las cantidades recibidas a modo de regalo de Navidad.
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