Vivienda

Estas son las formas de declarar una vivienda si eres inquilino o propietario

La Campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2021 está ya a la vuelta de la esquina, y comenzará el próximo 6 de abril

El comienzo de la Campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2021 está ya a la vuelta de la esquina, y el día 6 de abril está marcado en rojo en el calendario de todos los contribuyentes, ya que es cuándo se dará el pistoletazo de salida para la presentación de estas declaraciones.

A pesar de que ya son muchas las personas que se están preparando para la cita anual con la Agencia Tributaria, como cada año, numerosas preguntas salen a la luz como la clásica de cómo declarar la vivienda o cómo incluir el alquiler de un piso o casa en la declaración de la Renta.

No obstante, la declaración a Hacienda será de una forma u otra dependiendo de si la persona es propietaria de la vivienda o arrendataria de la misma, ya que en el primer caso, el alquiler funcionaría como un ingreso, mientras que el segundo correspondería a un gasto. Si bien es cierto, en ambos casos se pueden deducir una serie de gastos.

Cómo declarar el alquiler de una vivienda al ser inquilino

En los últimos años, la vivienda del alquiler ha mostrado una tendencia al alza, por lo que no es de extrañar que cada vez haya más personas arrendatarias en el país. En el caso de los inquilinos que viven en un inmueble de alquiler, las deducciones pueden variar dependiendo de la comunidad autónoma en la que se encuentre esta persona. A pesar de que a nivel estatal, los arrendatarios pueden aplicar una reducción por la renta del alquiler de hasta el 10,5% sobre una base máxima de 9.040 euros al año, esta solo es aplicable para los contratos firmados antes de 2015. Del mismo modo, si una persona es beneficiaria de algunas de las ayudas del alquiler del Plan Estatal de Vivienda, estas deberán declararse en la Campaña de la Renta.

Cómo declarar una vivienda en alquiler al ser propietario

En el caso de las personas propietarias de una vivienda en alquiler, esto supone un ingreso, por tanto, están obligadas a incluir las rentas obtenidas por el inmuebles de la declaración de la renta como “rendimientos de capital inmobiliario”. De acuerdo con la Agencia Tributaria, las personas que tengan unos rendimientos íntegros del capital mobiliario superiores a los 1.600 euros deben presentar la declaración y en caso de no hacerlo, Hacienda puede multar a este arrendador.

Para conocer los beneficios que se obtiene por este alquiler es necesario que al dinero que se obtiene por el arrendamiento del inmueble se le resten los gastos deducibles. De esta forma se obtiene el rendimiento neto, sobre el cuál se puede aplicar una deducción del 60% sobre aquellos inmuebles en alquiler que estén destinados a vivienda habitual.

El arrendador a la hora de realizar la declaración de la renta deberá especificar el tipo de uso del inmueble (que en este caso será “arrendamiento”), si es una vivienda urbana o rústica, si esta persona es propietaria o usufructuaria; y si esta vivienda tiene dos o más propietarios, ya que será necesario que todos declaren los ingresos obtenidos por el alquiler dependiendo de su participación en el mismo.

Del mismo modo, cabe destacar que los ingresos del alquiler que se hayan obtenido deben declararse de forma íntegra, sin deducciones ni gastos. No obstante, posteriormente estos gastos relacionados con la vivienda sí que pueden deducirse, como los siguientes:

  • Gastos de administración.
  • Gastos de reparación y conservación (pintura, arreglo de instalaciones, sustituciones de electrodomésticos…).
  • El IBI y otros impuestos sobre el inmueble (basura, alumbrado…).
  • Intereses del préstamo hipotecario del inmueble.
  • Deudas por impago del inquilino.
  • Gastos de la comunidad.
  • Prima del seguro de hogar.
  • Amortización del inmueble.
  • Gastos de suministros (luz, agua, gas…).