Impuestos
El Gobierno gravará con un 4,8% a la gran banca y con un 1,2% a las energéticas para recaudar 7.000 millones en dos años
Prevé establecer una sanción en caso de que las empresas trasladen el impuesto a los clientes del 150% del importe repercutido
El Gobierno duplicará la carga impositiva a una veintena de grandes empresas energéticas y financieras con el pretexto de los estragos económicos que ha causado en la economía la guerra en Ucrania. El objetivo: recaudar unos 7.000 millones de euros adicionales para sus programas de ayuda contra la inflación, desbocada en el 10,2% en junio y sin visos de retroceder. Para ello, ha renunciado a replicar el modelo italiano y aplicará temporalmente un tipo del 4,8% sobre los intereses y las comisiones netas de las entidades financieras con ingresos superiores a los 800 millones de euros, y con un tipo del 1,2% las ventas totales de las energéticas que facturen más de 1.000 millones de euros al año, así como una sanción para aquellas compañías que trasladen el impuesto a los usuarios. La cuantía de la misma será una penalización del 150% sobre la cantidad que se traslade a los consumidores.
Así se recoge en las proposiciones de ley que el Ejecutivo ha presentado este jueves en el Congreso, dando inicio a la tramitación parlamentaria de los nuevos impuestos, temporales y extraordinarios, para las grandes entidades financieras y las grandes empresas energéticas, tanto eléctricas como gasistas y petroleras. El Gobierno defiende el carácter legal de los tributos, que según el Ejecutivo tienen amparo en el artículo 31.3 de la Constitución, ya que se materializan como prestaciones patrimoniales de naturaleza pública y carácter no tributario, similar a la aportación que ya realiza la banca por sus activos fiscales diferidos.
El nuevo gravamen al sector energético estará en vigor durante 2023 y 2024 y buscará recaudar 2.000 millones de euros al año de los beneficios extraordinarios de estas empresas en 2022 y 2023. Las petroleras y gasistas serán las principales perjudicadas pese a que durante la pandemia sus resultados se vieron fuertemente castigados, especialmente las primeras.
De su lado, el impuesto “excepcional y temporal” dirigido a “las grandes entidades financieras que ya han empezado a beneficiarse de la subida de tipos de interés”, según ha argumentado el Gobierno, tendrá una duración de dos años -sobre los ejercicios 2022 y 2023- y buscará recaudar 1.500 millones cada año.
El control de las posibles transferencias a los consumidores de estos impuestos corresponderá en el caso de las energéticas a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC). Con respecto a la misma tarea de vigilancia sobre las entidades financieras, la CNMC colaborará con el Banco de España.
¿Cómo se aplicará el “impuestazo”?
El Gobierno no contabilizará los resultados ni la facturación de las filiales de las empresas en el exterior, al tiempo que ha establecido que el gasto en este impuesto no es deducible a efectos del impuesto de Sociedades. Para las eléctricas, gasistas y petroleras que facturaron más de 1.000 millones de euros en 2019, la obligación de pago será efectiva desde el 1 de enero del año siguiente (2023 y 2024) y se abonará en septiembre, aunque se exigirá un pago a cuenta del 50% del importe total en el mes de febrero.
Quedarán excluidos del pago de la prestación -que prevé recaudar 2.000 millones anuales- los grupos cuya parte energética supone menos de la mitad del importe neto de su cifra de negocios. Dicho de otro modo, solo abonarán la prestación los operadores energéticos considerados principales a efectos de la CNMC: cifra neta de negocios de más de 1.000 millones en 2019 y que la parte energética sea su actividad principal. Por tanto, el pago recaerá básicamente sobre grupos fiscales, lo que implica que se limitará a grupos fiscales españoles -sin afectar a las operaciones intragrupo ni a las filiales en el exterior-.
Respecto a la banca, regirán las mismas normas. La prestación será obligatoria para las entidades financieras cuyos intereses y comisiones brutas cobradas a los clientes superaran los 800 millones de euros en 2019. También en este caso la prestación se limitará en esencia a grupos fiscales, lo que implica que quedan fuera las operaciones intragrupo y no se gravarán las comisiones e intereses obtenidos mediante filiales en el exterior.
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