Vivienda
Aviso a compradores en toda España: el piso se puede vender con deudas de la comunidad que pasarán a ser tuyas
Ninguna ley impide que se pueda vender una vivienda con cargas
Comprar una vivienda en España es casi imposible. El precio de la vivienda en venta en España se situó en los 2.498 euros el metro cuadrado en agosto, lo que supone un aumento del 14,8% respecto al que se registraba el mismo mes del año pasado, según datos del portal inmobiliario Idealista. De esta forma, comprar un inmueble de unos 80 metros cuadrados supone un desembolso de 199.840 euros, una cuantía que no está al alcance de la mayoría de los bolsillos en nuestro país.
No obstante, algunos consiguen superar esa barrera económica y convertirse en propietario. Pero, puede que el desembolso de dinero no termine ahí. Y es que, una persona después de comprar una casa e invertir cientos de miles de euros, puede darse cuenta de que esta tenía deudas pendientes con la comunidad de propietarios. Pero, ¿es legal vender un piso con deudas?
Ninguna ley impide que se pueda vender una vivienda con cargas. Por tanto, deberá ser el nuevo propietario el que tendrá que hacer frente a las deudas con la comunidad. Concretamente deberá abonar las cargas del año en el que se ha realizado la adquisición, así como las de los tres años anteriores, tal y como establece el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Esta misma normativa señala que "la certificación será emitida en el plazo máximo de siete días naturales desde su solicitud por quien ejerza las funciones de secretario, con el visto bueno del presidente, quienes responderán, en caso de culpa o negligencia, de la exactitud de los datos consignados en la misma y de los perjuicios causados por el retraso en su emisión".
Aunque el nuevo propietario debe asumir las deudas comunitarias, el vendedor está obligado a actuar con buena fe. Esto significa que debe informar al comprador sobre la existencia de las deudas pendientes, lo que suele usarse para negociar el precio final del inmueble. La LPH exige que el vendedor muestre el certificado de deudas de la comunidad de propietarios en cuanto comienza el proceso de compraventa, generalmente desde la reserva. De esta forma, el comprador conoce los pagos pendientes del inmueble antes de cerrar el trato.
Las deudas ordinarias podrán ser reclamadas por la comunidad, pero la regla es distinta para las derramas. Estas las paga exclusivamente el propietario que lo sea en el momento en que se vence el plazo de pago. Esto significa que el nuevo comprador solo se hace cargo de las cuotas de derrama que se devenguen después de firmar la compraventa, y nunca de las que vencieron previamente.