
Herencias
Cómo cobrar una herencia más rápido de lo habitual
La existencia de ese documento legal acelera significativamente los trámites y sus plazos

El fallecimiento de una persona lleva consigo muchas decisiones que los familiares o las personas más cercanas deben tomar de manera precipitada. Algunas de ellas, se pueden anticipar de manera beneficiosa para los interesados, y no todo el mundo lo hace.
Para ello, la persona deberá haber firmado un documento legal denominado testamento en el que expresa de manera clara y formal cómo desea que se distribuyan sus bienes, derechos y obligaciones después de su fallecimiento.
¿Qué ocurre con las herencias?
Gracias a la existencia de este documento, el tiempo que se prolongará el trámite para recibir el cobro de una herencia será mucho menor que si no hay nada firmado. De hecho, según se expone en el artículo 658 del Código Civil, “la sucesión se defiere por la voluntad del hombre manifestada en testamento y, a falta de éste, por disposición de la ley”.
Por tanto, si la persona ha dejado por escrito su voluntad antes de fallecer, el procedimiento será más ágil que si tuviera que “llevarse” por la vía legítima. Con los conflictos que esto también pudiera generar.
Entre uno y dos meses para cobrar
Si nos ponemos en el caso de que hay un testamento firmado por la persona fallecida, el plazo para que las personas beneficiarias de la herencia cobren lo que está designado suele ascender hasta los 30 y los 40 días hábiles.
El motivo de este período se debe a que las personas afectadas tienen que llevar a cabo una serie de trámites burocráticos para obtener el Certificado de Actos de Última Voluntad y firmar todos los documentos correspondientes ante Notario.
Costes y documentos necesarios
Este proceso, que es denso y tedioso, implica el pago de los impuestos correspondientes (pueden variar en función del número de bienes inmuebles y sus características) y el coste de los honorarios del notario por parte de las personas que van a recibir una herencia.
De la misma manera, también es necesario que puedan entregar una serie de documentos para acreditar que son los beneficiarios de esa herencia:
- Copia autorizada del testamento (si existe)
- Declaración de herederos
- La liquidación del Impuesto de Sucesiones (imprescindible para cobrar)
- Certificado de defunción de la persona fallecida
- Identificarse con DNI o NIE en el banco para la entrega de los activos
¿Cuánto tarda el banco en aprobar la operación?
Una vez que ya tenemos todo lo anterior, todavía no hemos terminado el proceso. De hecho, es fundamental conocer la compañía financiera en la que la persona fallecidatenía sus activos para agilizar todo. Si es así, y una vez que ya se tengan todos los documentos necesarios, podremos acercarnos a las oficinas bancarias para que comprueben que todo es correcto en el plazo de un mes.
En ese momento, siempre y cuando los certificados bancarios también se hayan podido aportar, los herederos tienen que acudir de manera personal a firmar tanto la liquidación y la cancelación de las cuentas corrientes, fondos de inversión y la posible venta de acciones.
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