Trabajo
Ignacio de la Calzada, abogado: “Si en tu convenio no hay nada sobre el plus de antigüedad, no tienes derecho a cobrarlo”
El abogado laboralista detalló el funcionamiento de este complemento salarial tan anhelado por los trabajadores y cómo reclamarlo
Todo el mundo quiere ganar el máximo dinero posible en su trabajo. Parece algo obvio, pero no lo es tanto. No siempre se conocen todos los detalles del contrato e incluso ni se ha leído el convenio colectivo, que es un acuerdo legalmente vinculante entre los representantes de los trabajadores (sindicatos) y los empresarios (patronal) y regula las condiciones de trabajo y empleo en un sector o empresa específicos. En él se establecen aspectos como los salarios, las jornadas laborales, las vacaciones, los permisos, la salud laboral y la resolución de la mayoría de conflictos que pueden aparecer en el día a día de una empresa.
En el convenio colectivo aparecen los detalles sobre el sueldo de los trabajadores a nivel global de la empresa, pero, aun así, no siempre son fáciles de entender. Uno de los puntos que más controversia causa es el plus de antigüedad. Muchos trabajadores no saben si les corresponde o si no lo pueden cobrar. Para ayudarles, el abogado laboralista Ignacio de la Calzada, conocido en redes sociales como 'Un Tío Legal', detalló cómo funciona esta cláusula y cómo reclamar el cobro a la empresa.
¿Cuándo se tiene derecho a cobrar el plus de antigüedad?
El abogado laboralista responde a esta pregunta durante un vídeo en TikTok. Empieza indicando en qué consiste el plus de antigüedad: "Se trata de un complemento salarial que tiene que estar previsto en el convenio colectivo". Este punto es extremadamente importante: "Si en el convenio colectivo no se establece nada sobre el plus de antigüedad, trienios o quinquenios, no tienes derecho".
Explica cómo se puede buscar el convenio colectivo: "Para saber cuál es tu convenio colectivo vas a la cláusula siete de tu contrato y después lo puedes buscar por Google". También se puede encontrar en cualquier otro navegador, pero siempre se debe consultar en páginas oficiales para evitar que sea un convenio colectivo incorrecto o diferente. Si no aparece, hay un problema: "Si no está expresamente previsto, aunque lleves cinco, diez o 15 años, no tendrás derecho a cobrar nada?".
¿Cómo lo puedo cobrar?
Antes de explicar cómo cobrar, hace un inciso: "Si tienes derecho y no lo estás cobrando, puedes reclamar los últimos 12 meses". Esto significa que siempre se puede reclamar todo el plus de antigüedad del último año. Explica cómo reclamar este complemento: "La forma es muy sencilla, escribe un correo electrónico a la empresa". Se debe añadir lo siguiente en el correo: "Que el convenio colectivo prevé este plus, que no se te ha abonado y que reclamas los últimos 12 meses. Di el importe".
Desvela lo que ocurre tras dicho envío: "Con esa reclamación, interrumpes la prescripción". También es importante por lo siguiente: "En caso de que no se te abone, puedes ir a los juzgados y reclamarlo". Otra de las grandes dudas suele ser qué ocurre con los trabajadores a tiempo parcial. Ignacio de la Calzada la resuelve: "Tienen exactamente el mismo derecho que los trabajadores a jornada completa". Acaba con una advertencia: "Que no te engañen".