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Las 8 novedades que debes conocer de la Renta 2018 que hoy arranca

Las declaraciones de IRPF y patrimonio se pueden presentar desde esta mañana por internet, por teléfono y a través de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria.

El esfuerzo fiscal en España es uno de los mayores de la OCDE
El esfuerzo fiscal en España es uno de los mayores de la OCDElarazonLa Razón

Las declaraciones de IRPF y patrimonio se pueden presentar desde esta mañana por internet, por teléfono y a través de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria.

La campaña de la renta 2018 arranca este martes, de manera que las declaraciones de IRPF y patrimonio se pueden presentar desde esta mañana por internet, por teléfono y a través de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria.

Los contribuyentes que prefieran presentar la declaración de manera presencial en oficinas tendrán que esperar hasta el 9 de mayo para solicitar la cita previa y hasta el 14 de mayo para ser atendidos.

En cualquier caso, el plazo de presentación termina el 1 de julio, salvo en los casos con resultado a ingresar que quieran domiciliarse, que tendrán que hacerse antes del 26 de junio.

Tendrán la obligación de presentar la declaración, entre otros supuestos, quienes ingresen rentas del trabajo de más de 22.000 euros de un pagador o más de 12.643 euros de varios pagadores.

1. - Reducciones para quienes ingresen menos de 16.825 euros: Esta reducción asciende a 5.565 euros anuales para quienes ingresan menos de 13.115 euros y una cantidad proporcional a esta cifra para quienes ganan entre 13.115 y 16.825 euros.

2. -Exención del IRPF de las prestaciones de maternidad y paternidad

3. Nuevas deducciones por maternidad, familias numerosas o conyuge con discapacidad a cargo. Así, por ejemplo, se amplía la cuantía de la deducción en 600 euros adicionales por cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa que exceda del número mínimo de hijos (es decir, a partir del cuarto hijo.

4 -Se incrementa el límite exento de las becas públicas y las concedidas por entidades beneficiarias de mecenazgo para cursar estudios. Con carácter general, la cuantía exenta pasa a ser de 6.000 euros anuales -antes era de 3.000- para los estudios reglados hasta el segundo ciclo universitario y de 21.000 euros para los de tercer ciclo

5.Los autónomos pueden deducirse más gastos: Si trabajan en su propia vivienda pueden deducirse los gastos de agua, gas, luz, teléfono o internet en un porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total.

6. Los alquileres turísticos pasan a ser rendimiento de capital inmobiliario.

7.Inversión en empresas de nueva creación: desde este año, la base máxima de deducción es de 60.000 euros anuales (antes era de 50.000).

8 - Desaparece la posibilidad de obtener la declaración y sus correspondientes documentos de ingreso o devolución en papel impreso generado a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.