España

Las inversiones de menos de 10.000 euros tendrán un arbitraje prioritario

La Razón
La RazónLa Razón

Los clientes minoristas de Bankia, NCG y CatalunyaBanc que invirtieron menos de 10.000 euros en participaciones preferentes tendrán un proceso especial de arbitraje, especialmente si la inversión se realizó con fondos procedentes de depósitos u otros productos de bajo riesgo.

El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, ya avanzó en el momento en el que aprobó el real decreto-ley de protección a los titulares de preferentes y otros productos financieros que se habilitaría un arbitraje "expres"para los clientes más vulnerables.

Por la mañana, en declaraciones en los pasillos del Congreso De Guindos se ha mostrado convencido de que los criterios establecidos por la comisión permitirán a los afectados recuperar rápidamente su dinero, especialmente los colectivos más vulnerables que desconocían el tipo de producto que estaban adquiriendo.

Según lo acordado hoy por la Comisión de seguimiento de participaciones preferentes, las tres entidades nacionalizadas deberán ofrecer un arbitraje que seguirá los cauces habituales a inversores menores de edad, discapacitados y a aquellos a los que no se les facilitara la documentación adecuada sobre los contratos o no recibieran información correcta del producto.

Asimismo, se tendrán en cuenta si la inversión del cliente minorista, aunque fuera reducida, suponía un porcentaje significativo de su patrimonio y, además, no tenía ingresos adicionales elevados.

Entre los motivos para considerar que un contrato podría ser incorrecto se tendrá en cuenta la inexistencia del propio documento contractual, la falta de documentación relevante en el mismo o incorrecciones tales como la denominación incorrecta del producto contratado o la falta de la firma del afectado.

En cuanto a la información facilitada, se considerará que es incorrecta si calificaba las preferentes como una inversión conservadora, sin riesgo, no compleja y si no especificaba su plazo o cualquier otro dato contradictorio o incoherente con la realidad de estos productos financieros.

Asimismo, ofrecerán el arbitraje en los casos en los que la entidad de crédito no haya recabado la información adecuada sobre el perfil del cliente que compró preferentes mediante el procedimiento previsto en la directiva sobre mercados e instrumentos financieros (test MiFID).

Para determinar el orden en que se tramitarán los arbitrajes se utilizarán circunstancias personales de los clientes tales como su edad (de mayor a menor), ingresos familiares (los de menor renta irán primero) y volumen que invirtieron (accederán primero los que menos preferentes compraron).

También se considerará, de mayor a menor, el porcentaje que representaba su inversión sobre el total familiar, sin contabilizar el valor de su vivienda habitual.

El pasado 22 de marzo el Gobierno aprobó el decreto por el que se constituyó la Comisión de seguimiento encargada de elaborar los criterios básicos que deben utilizar las entidades nacionalizadas para ofrecer a sus clientes arbitrajes de preferentes y deuda subordinada.

Según el procedimiento previsto, una vez realizados los criterios, las entidades ofrecerán a los minoristas que adquirieron estos productos la posibilidad de acogerse al arbitraje y una entidad independiente los evaluará. Por ejemplo, en el caso de Bankia será la consultora KPMG.

Con todos los expedientes, la consultora discriminará quién cumple los criterios y los enviará a las autoridades de consumo, que determinarán el dinero que deberán recibir (el nominal de la inversión).

En el caso de que al cliente se le comunique que no cumple los requisitos podrá optar entonces por una reclamación judicial.

La Comisión, que hoy ha celebrado su primera reunión, elaborará también un informe trimestral que enviará al Congreso de los Diputados.

Estará compuesta por la presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el subgobernador del Banco de España, el secretario general de Sanidad y Consumo, el secretario general del Tesoro, el Consejo de Consumidores y Usuarios y representantes de las consejerías autonómicas que han participado en los arbitrajes.