Economía
Manuel Requena, abogado: “Esta es la manera en la que puedes evitar el pago del Impuesto de Sucesiones”
Un detalle temporal en la normativa española puede marcar la diferencia entre abonar una herencia o no pagar ni un euro por ella
El Impuesto de Sucesiones es uno de los tributos que más controversia genera en España. Su regulación varía en función del territorio, su cálculo depende del patrimonio heredado y de la relación familiar con el fallecido, y su gestión suele coincidir con un momento personal complicado. No es extraño que quienes reciben una herencia se enfrenten a dudas y temores, muchas veces sin comprender los pasos que deben seguir. En medio de esta complejidad, proliferan en redes sociales perfiles especializados en derecho fiscal que intentan aclarar estas cuestiones a un público que, más que curioso, suele estar urgido por la necesidad de evitar errores costosos.
Uno de esos divulgadores es el abogado Manuel Requena, que se ha hecho especialmente visible por sus explicaciones directas y sin tecnicismos. En uno de sus vídeos más compartidos, aborda una cuestión que, en apariencia, parece demasiado buena para ser cierta: la posibilidad de evitar el pago del Impuesto de Sucesiones. Sin embargo, su explicación no gira en torno a un truco oculto ni a una laguna legal desconocida, sino a un aspecto regulado expresamente por la Ley General Tributaria.
¿Se puede evitar el Impuesto de Sucesiones en España?
Requena señala que «Hacienda tiene cuatro años y seis meses para reclamarte este impuesto desde la fecha del fallecimiento». Ese periodo, reconocido en la legislación tributaria española, actúa como límite temporal para que la Administración pueda exigir el pago de la deuda. Lo relevante y lo que ha despertado la atención de miles de herederos es la consecuencia directa que menciona a continuación: «Si en ese tiempo tú no lo presentas y Hacienda tampoco te notifica nada, la deuda prescribe. Es decir, ya no te pueden exigir ni el pago, ni sanciones, ni intereses». Con estas palabras, el abogado sintetiza una realidad jurídica que muchos desconocen: el mero transcurso del tiempo puede extinguir la obligación de abonar este impuesto.
El vídeo deja claro que no se trata de un camino exento de obligaciones. Requena advierte que la prescripción no elimina todos los trámites. Aunque el impuesto ya no sea exigible, el heredero sigue teniendo deberes administrativos por cumplir. El propio abogado puntualiza: «Eso no significa que no tengas ya nada que hacer. Aunque el impuesto esté prescrito, sigues obligado a presentar la declaración». Esta presentación es imprescindible para acreditar que la herencia se encuentra liquidada, y sin ese justificante el Registro de la Propiedad no permitirá inscribir los bienes heredados.
Dicho de otro modo, se puede evitar el pago, pero no se puede evitar la burocracia. El contribuyente tendrá que justificar formalmente que la deuda está prescrita para poder disponer plenamente de los bienes de la herencia.
Este matiz es crucial porque marca la diferencia entre librarse del impuesto y completar la transmisión hereditaria. El hecho de que la presentación posterior sea “sin pago” resulta atractivo para muchos, pero no implica una exoneración absoluta de responsabilidades. Además, confiar en que el tiempo transcurra sin que Hacienda intervenga puede convertirse en un ejercicio de riesgo. Como recuerda Requena, «durante esos cuatro años y medio, tampoco te confíes, porque si Hacienda te engancha antes de que prescriba, te tocará pagar el impuesto completo con recargos, intereses y sanciones».
La prescripción, por tanto, no es una estrategia a ejecutar alegremente, sino una posibilidad que opera solo cuando nadie mueve ficha, ni el contribuyente ni la Administración.
Si algo demuestra la repercusión del vídeo es que una parte importante de la población desconoce sus derechos fiscales. Y, como ocurre tantas veces en materia tributaria, la diferencia entre pagar o no pagar no depende de la suerte, sino del conocimiento. En un sistema donde la normativa es compleja y los plazos son determinantes, comprenderlos no solo evita disgustos: puede suponer un ahorro considerable.