Emergencia
¿Puedes faltar al trabajo en caso de lluvias torrenciales y emergencias? Esto dice el Estatuto de los Trabajadores
El famoso "permiso climático" del Gobierno ampara a los trabajadores a no acudir si hay una emergencia por lluvia torrencial
Los avisos rojos que ha activado la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) ha recordado a mucha gente la pesadilla que se vivió en la Comunidad Valenciana hace once meses.
Tras la trágica DANA de Valencia, el Gobierno de España aprobó en noviembre del año pasado, vía Real Decreto, una reforma del Estatuto de los Trabajadores que incluía el famoso "permiso climático", pensado precisamente para que ningún trabajador se vea obligado a ir a su puesto de trabajo en circunstancias adversas provocadas por emergencias como lluvias torrenciales, inundaciones, riadas o también terremotos e incendios.
Este permiso está contemplado en la nueva redacción del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores y dice literalmente lo siguiente: "Hasta cuatro días por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acudir al mismo, como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades competentes, así como cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso".
En resumidas cuentas: los trabajadores disfrutan de un permiso de hasta cuatro días para no acudir al puesto de trabajo ante situaciones de emergencias provocadas por las lluvias de estos días.
Recomendaciones si no acudes al trabajo
Por otro lado, el sindicato CNT de Valencia, en su guía de derechos laborales en una situación de emergencia, asegura que si la asistencia al puesto de trabajo "supone un riesgo grave o inminente para tu vida o integridad física", lo recomendable será "comunicarlo por escrito a la empresa dejando constancia de los elementos que producen dicho riesgo", al amparo de lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Si no se dispone de vehículo, también es necesario dejarlo por escrito.
Por otro lado, la central enfatiza que si esa ausencia no se produce durante más de cuatro días la empresa no podrá descontar nada del salario del trabajador, ya que en ese caso se seguiría invocando el Estatuto de los Trabajadores con el consecuente permiso climático que el Gobierno aprobó hace un año.
Con los avisos rojos activados ayer por la tarde para el sur de Cataluña y buena parte del litoral de la Comunidad Valenciana, algunas empresas ya están tomando la iniciativa de no abrir. De la misma manera que ambos gobiernos autonómicos han aplicado medidas en las zonas más afectadas, como el cierre de colegios, universidades y centros públicos, la cooperativa de supermercados Consum anunció anoche que no abriría 182 de sus tiendas este lunes. Mercadona ha anunciado que adelantará servicios logísticos mientras que Feria Valencia ha pospuesto el inicio de la feria Hábitat Valencia hasta el martes.
La delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Pilar Bernabé, ha animado, de hecho, a no asistir al trabajo si se vive en las zonas afectadas: "La ley ampara", ha enfatizado.