
Derecho laboral
Puedes recurrir al Estatuto de los Trabajadores si tu jefe te niega las vacaciones que has solicitado
El artículo 38 del escrito que regula los derechos laborales del trabajador esclarece todos los puntos a tener en cuenta en la toma de días libres del empleado

En muchas empresas, los trabajadores desconocen hasta qué punto pueden verse afectados por decisiones que vulneran sus derechos sin ser conscientes de que se trata de ilegalidades. Situaciones como exigir horas extra sin compensación, cambiar horarios de manera arbitraria o imponer tareas fuera del contrato son más comunes de lo que parece. Muchos empleados aceptan estas condiciones por miedo a represalias o por desconocimiento de la normativa laboral vigente, lo que genera un desequilibrio significativo entre empresa y trabajador. Esta falta de conocimiento provoca que muchos no reclamen lo que les corresponde, consolidando prácticas injustas en el día a día laboral.
Otro ejemplo frecuente se encuentra en los permisos y descansos que por ley corresponden a los trabajadores. Algunas compañías retrasan la aprobación de días libres, manipulan los calendarios de vacaciones o incluso intentan obligar a los empleados a renunciar a ciertos derechos. Estas prácticas, aunque sutiles, afectan la conciliación de la vida personal y laboral y reflejan la necesidad de que los trabajadores conozcan en profundidad sus derechos. Cuando los empleados desconocen estos límites, la empresa puede aprovecharse de la situación sin enfrentar sanciones inmediatas, perpetuando el problema.
A esto se suma la escasa educación sobre derechos laborales en la sociedad. Muchos jóvenes que ingresan al mercado laboral desconocen los beneficios que les otorga el Estatuto de los Trabajadores, lo que facilita que algunas empresas impongan condiciones irregulares sin enfrentar consecuencias. Este desconocimiento incrementa la vulnerabilidad del empleado y subraya la importancia de divulgar y enseñar los derechos laborales desde etapas tempranas, promoviendo un entorno laboral más justo y consciente. Además, la falta de información dificulta que los trabajadores ejerzan mecanismos de reclamación de manera efectiva.
¿Cuál es el artículo del Estatuto que regula las vacaciones?
El Estatuto de los Trabajadores ofrece herramientas claras para proteger a los empleados en situaciones concretas, entre ellas la gestión de las vacaciones anuales retribuidas. Cada vez es más habitual que los trabajadores recurran a este escrito para defender su derecho a descansar, especialmente cuando la empresa retrasa, modifica o rechaza las fechas solicitadas sin justificación. La divulgación de estos derechos es esencial para que los trabajadores puedan ejercerlos con seguridad y evitar abusos. La concienciación sobre estas protecciones también contribuye a crear relaciones laborales más equilibradas y transparentes.
El artículo 38 del Estatuto establece que el período de vacaciones anuales retribuidas será el acordado entre la empresa y el trabajador o fijado en el convenio colectivo correspondiente, y nunca será inferior a 30 días. Además, señala que el calendario de disfrute debe establecerse de común acuerdo y que la empresa deberá comunicar al trabajador las fechas con suficiente antelación, generalmente dos meses antes. Este marco legal garantiza que los empleados puedan planificar su descanso sin depender únicamente del criterio unilateral de la empresa. La claridad en estos puntos ayuda a reducir conflictos y malentendidos en el entorno laboral.
¿Qué sucede si mi jefe me niega las vacaciones en plazo?
Para solicitar las vacaciones, el trabajador debe presentar su petición conforme al procedimiento interno de la empresa, respetando los plazos indicados. La decisión final sobre la aprobación de las fechas corresponde a la empresa, pero siempre dentro de los límites fijados por el Estatuto. Si el superior rechaza la solicitud sin motivo justificado, el empleado tiene derecho a recurrir ante la jurisdicción social, que puede fijar las fechas de disfrute mediante un procedimiento preferente. Este recurso asegura que los derechos de los trabajadores no queden supeditados a la discrecionalidad de un superior.
Algunos casos de incapacidad no computan como vacaciones
Existen también supuestos de incapacidad temporal que no se consideran vacaciones y pueden disfrutarse una vez finalice la baja. Esto incluye situaciones derivadas de enfermedad común, accidente laboral, maternidad, paternidad o cualquier otro permiso legalmente reconocido que impida al trabajador disfrutar de sus vacaciones en el período previsto. De esta manera, el Estatuto protege la posibilidad de descansar sin que circunstancias de fuerza mayor limiten los derechos adquiridos por el empleado. Conocer estas excepciones permite planificar mejor los descansos y garantiza que los trabajadores no pierdan días de vacaciones por situaciones imprevistas.
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