
Trabajo
La Seguridad Social avisa: si has sufrido alguna de estas lesiones en tu trabajo podrás recibir una indemnización aunque no tengas una incapacidad permanente
El año pasado se registraron casi 630.000 accidentes laborales con baja

Los accidentes de trabajo son, muchas veces, inevitables y estos suceden con más frecuencia de la deseada. Tan solo el año pasado se registraron 628.300 accidentes laborales con baja, es decir, más de 1.700 al día; mientras que aquellos sin baja cayeron un 3% respecto al ejercicio previo y se contabilizaron un total de 552.902.
Cuando los trabajadores sufren estos accidentes, muchas veces acaban con lesiones físicas permanentes por las cuales pueden recibir una indemnización económica, incluso aunque estas secuelas no lleguen a generar una incapacidad permanente.
La Seguridad Social establece una indemnización para aquellos accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que "supongan una disminución o alteración de la integridad física de la persona trabajadora".
Por tanto, a pesar de que los trabajadores puedan continuar con su vida laboral, este organismo ofrece una ayuda económica si han sufrido lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo, tal y como establece el artículo 201 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
Las cuantías que recibirán los trabajadores se otorgarán solo una vez y correrán a cargo de la entidad o mutua colaboradora con la Seguridad Social "que estuviese obligada al pago de las prestaciones de incapacidad permanente, todo ello sin perjuicio del derecho de la persona trabajadora a continuar al servicio de la empresa", explican desde la Seguridad Social.
Indemnizaciones sin incapacidad permanente
La cuantía de las indemnizaciones varía en función de las lesiones producidas y va desde los 515 euros hasta más de 9.500 euros.
La lesión que conlleva una mayor indemnización económica es la pérdida de la nariz del trabajador, ya que este recibirá hasta 9.512 euros; la misma cuantía que recibirá como máximo si sufre deformaciones en el rostro que afecten gravemente a la estética facial o impidan alguna de las funciones de los órganos externos de la cara.
La pérdida total del pene se indemniza con 8.158 euros, mientras que la de un testículo conlleva una indemnización de 3.402, cuantía que se eleva a 7.643 euros si se pierden ambos. La pérdida de una mama se indemniza con 3.067 euros, y si son ambas, 6.541 euros.
También se indemnizan cicatrices o limitaciones articulares, como la anquilosis de muñeca (hasta 3.318 euros) o rigideces de rodilla (con importes que van desde 731 a 2.384 euros).
Además de estas, estas son otras de las lesiones indemnizables por parte de la Seguridad Social:
- Pérdida de un riñón: 5.103 euros.
- Pérdida del bazo: 2.899 euros.
- Hipoacusia que afecta la zona conversacional en ambos oídos: 4.289 euros.
- Pérdida de ambos ovarios: 7.643 euros (3.402 euros en caso de perder uno de ellos).
- Anquilosis de las tres articulaciones del dedo índice derecho: 3.067 euros.
- Limitación de la movilidad del hombro derecho en más del 50%: 3.438 euros.
- Deformaciones de los órganos genitales externos de la mujer: de 1.881 a 7.643 euros.
- Rigidez articular en los cinco dedos de un pie: 1.533 euros.
El baremo también hace distinciones entre miembros derechos e izquierdos, con cantidades diferenciadas, y considera factores como si el trabajador es diestro o zurdo.
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