El Euroblog
Diez años. (Javier Aguilar, Estrasburgo)
Diez años de vida acaba de cumplir LA RAZÓN con la celebración de un acto histórico. Y diez años ha cumplido también en noviembre el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), garante de los derechos fundamentales de 800 millones de europeos (sí, aquí también están rusos, turcos, serbios, noruegos o andorranos) a través de un Convenio que defiende los derechos a la vida, a la libertad y la seguridad, a la libertad de expresión, al respeto a la vida privada y familiar, a un proceso judicial justo o a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, y que también prohíbe la tortura, la esclavitud y el trabajo forzado, así como la detención arbitraria e ilegal.
Pues bien, este tribunal que ejerce de buque insignia del Consejo de Europa y que nació el 1 de noviembre de 1998 de una reforma de la Comisión y del antiguo tribunal de esta organización paneuropea que llevaban trabajado desde 1959 ya ha publicado su sentencia número 10.000. El 90% de ellas corresponde al período del nuevo tribunal. Turquía, con 1.826 sentencias, e Italia, con 1.780, lideran la clasificación de países con más sentencias, ya sean a favor o en contra.
Rusia, que ocupa un discreto quinto puesto por detrás de Francia y Polonia, es, a día de hoy, el país contra el que se presentan más demandas (el año pasado fueron cerca de 10.000, frente a las 309 contra España), buena parte de ellas relacionadas con Chechenia. Quizás por ello no se fían los rusos de las bondades del Protocolo 14 al Convenio, que aborda la reforma del TEDH para hacerlo más ágil y efectivo. De los 47 países del Consejo de Europa, sólo Rusia no ha ratificado el citado protocolo que lleva empantanado más de dos años. Para aquellos que, en vez de buscar una solución, convierten en los malos de la película al presidente de la Federación y a la Duma y añaden la reacción rusa en el reciente conflicto con Georgia, darles un dato para reflexionar: 2.700 ciudadanos surosetios han interpuesto ante el TEDH otras tantas demandas contra Georgia. Si alguien asegurara que Rusia es la instigadora de esas quejas, ¿cómo se explica la aparente falta de interés rusa en el Tribunal?
Disputas aparte, no es baladí la cifra que señala que el 83% de las sentencias dictadas por el TEDH en estos diez años fueron condenatorias para los Estados por la violación de al menos un artículo del Convenio. En algunas sentencias célebres dictadas en este período, el TEDH no dio la razón a "Carlos"o "Chacal"(Ilich Ramírez Sánchez, que en su demanda se declaró revolucionario de profesión) que se quejó de que Francia lo mantuvo aislado como sospechoso de actos de terrorismo, pero sí condeno a Italia en el caso Saadi por los malos tratos sufridos por un terrorista expulsado a Túnez.
Hasta aquí también llegaron las demandas contra algunos países de la OTAN por el bombardeo contra la sede de la Radiotelevisión serbia en Belgrado; la del líder del PKK, Abdullah Ocallan, contra Turquía (numerosas demandas contra este país tienen que ver con la cuestión kurda), la de Constantino de Grecia para que se le restituyeran los bienes incautados tras el golpe de los coroneles en 1967 o la de Carolina de Mónaco, que buscaba protección por las fotos tomadas por los "paparazzi".
Asuntos tan controvertidos como la eutanasia, la imposibilidad de adoptar por parte de un pareja de lesbianas francesas, el derecho de los homosexuales a ingresar en el Ejército o la congelación de óvulos también han sido abordados por el tribunal.
Si nos centramos en España, se han dictado desde 1998 un total de 39 sentencias (menos que Suiza, Chipre, Macedonia o Lituania), de las que 28 fueron condenatorias. Casi la mitad de ellas se produjo por la violación del artículo 6 del Convenio, relativo al derecho a un juicio justo.
No hay que olvidar la reciente sentencia a favor de José Luis Gómez de Liaño o la que dio la razón a Juan Alberto Perote en 2002 y a ex miembros de Terra Lliure en 2004. Pero la sentencia contra España que se ha convertido en un referente de la justicia europea es la llamada "sentencia del ruido", por la que el TEDH sentenció que España violó el artículo 8 del Convenio (derecho al respeto de la vida privada y familiar) por la contaminación acústica que había de soportar la valenciana Pilar Moreno Gómez, que desde 1974 tuvo que convivir con bares, pubes y discotecas bajo su domicilio. La indemnización de 3.884 euros por daños materiales y morales se adivina insuficiente, no así el éxito por el resultado de la demanda presentada.
Y atentos a las sentencias que se dictarán en los próximos meses sobre algunas demandas importantes, como las presentadas por Batasuna y Rafael Vera.
El TEDH es, sin duda, la institución del Consejo de Europa más conocida y valorada por los europeos. También para los españoles, a pesar de las razones que me dio hace un año el presidente del TEDH, el juez francés Jean-Paul Costa, por el bajo número de demandas presentadas contra España: convenio y tribunal son todavía poco conocidos, existe la posibilidad de presentar recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y es obvia la disminución de violaciones contra los derechos humanos después de 30 años de democracia.
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