1-O

El TC confirma la competencia del Supremo para juzgar el “Procés”

Rechaza el recurso de Mertixell Borrás, el primero de los resueltos contra la sentencia que condenó el 1-O

El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado el primero de los recursos presentados por lo condenados por el Tribunal Supremo en relación con el referéndum ilegal del 1-O, según confirmaron a LA RAZÓN fuentes próximas al TC. En concreto, el presentado por la exconsejera Meritxell Borrás, quien fue condenada por un delito de desobediencia a una multa de 10 meses con una cuota diaria de 200 euros.

Lo relevante de la decisión es que el Tribunal Constitucional avala la competencia del Tribunal Supremo para haber juzgados esos hechos, en contra de lo que sostuvo un tribunal belga para no acceder a ejecutar la euroorden contra el exconseller Lluis Puig, al entender que el Supremo no era competente para dictarla

La sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado Cándido Conde-Pumpido y ha sido adoptada por unanimidad, avala la competencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo para el enjuiciamiento de este procedimiento, en atención a la condición de aforados de los encausados y a que parte de los hechos fueron cometidos en el extranjero. El Tribunal considera que dicha competencia tiene una incuestionable base legal explícita para extenderse a los responsables por conexidad.

En la deliberación de la sentencia no ha intervenido el magistrado Antonio Narváez, quien ayer se abstuvo de participar en todos los recursos relacionados con la sentencia del “Procés”