Madrid

"Instigadora"

El fiscal pide que se ratifique la condena a Isa Serra por su “conducta agresiva” al “atacar a la Policía”

La defensa de la dirigente de Podemos dice que su comportamiento fue “pacífico”, pero la Fiscalía le replica que no se lesiona a agentes tirándoles “un calcetín o un gorro de lana”

Isa Serra, en un acto de cierre de campaña. 02 MAYO 2021;02 MAYO 2021;CIERRE DE CAMPAÑA;ELECCIONES;4M;MADRID;COMUNIDAD DE MADRID;ASAMBLEA DE MADRID;ASAMBLEA;PODEMOS;UNIDAS PODEMOSIsabel Infantes / Europa Press02/05/2021
Isa Serra, en un acto de cierre de campaña. 02 MAYO 2021;02 MAYO 2021;CIERRE DE CAMPAÑA;ELECCIONES;4M;MADRID;COMUNIDAD DE MADRID;ASAMBLEA DE MADRID;ASAMBLEA;PODEMOS;UNIDAS PODEMOSIsabel Infantes / Europa Press02/05/2021Isabel InfantesEuropa Press

La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que confirme la condena de 19 meses de prisión, y otros tantos de inhabilitación para ser candidata, a la dirigente de Podemos Isa Serra por delitos de atentado, lesiones leves y daños por enfrentarse a la Policía para intentar frenar un desahucio en Madrid en 2014.

El fiscal Carmelo Quintana ha ratificado en la vista del recurso de casación interpuesto por la defensa de Serra que ésta mantuvo en esos altercados una “conducta agresiva”, increpó a los policías municipales, e insultó “de forma feroz” a dos mujeres policías y participó en el lanzamiento de objetos “contundentes” como “adoquines y macetas”. “Era una de las instigadoras y de la que llevaba la voz cantante”, ha insistido.

El abogado de la diputada madrileña electa ha negado los hechos y ha defendido que en todo momento mantuvo una actitud “pacífica y tranquila” y que si en algún momento lanzó algún objeto no sería en ningún caso contundente, sino “una mandarina o un gorro de lana”. Pero el representante del Ministerio Público ha recordado que una agente tuvo que ser atendida tras ser golpeada en la cabeza, pese a que llevaba puesto el casco. “Ni un calcetín ni un gorro de lana pueden ocasionar esta situación”, ha afirmado.

El fiscal ha señalado que los hechos, pese a que la defensa de Serra haya pretendido quitar hierro a lo sucedido, “llegaron a adquirir cierta gravedad” dado que se lanzaron objetos “contundentes”, se increpó a los agentes y se llegaron a abrir la puerta de un furgón. “El grupo tenía un mismo objetivo: atacar a la Policía que había participado en el desahucio”, ha recalcado.

Su defensa: “Actitud pacífica y tranquila”

La defensa de la diputada electa ha calificado la sentencia de “arbitraria” y ha asegurado al tribunal que se ha vulnerado el derecho a la presunción de inocencia de Serra. El letrado Daniel Amelang ha cuestionado que el TSJ de Madrid asumiera “de forma acrítica las vagas e imprecisas declaraciones” de los agentes para condenar a la dirigente morada. Asimismo, ha calificado de “irregular” la investigación policial.

Durante su exposición para intentar convencer al Supremo de que anule esa sentencia, el abogado ha cuestionado los atestados policiales sobre los incidentes, que en un principio -ha recalcado- “no hace ninguna mención a los incidentes” ni precisan en qué momento Serra habría arrojado objetos a los agentes.

El letrado ha subrayado que la Sala “ha malinterpretado las fotografías y los vídeos” que aportó la defensa. Y ha hecho hincapié en que en esas imágenes se ve que Serra “en todo momento se encuentra en una actitud pacífica y tranquila y siempre sola”. “Y cuando parece que hay un pequeño conflicto huye, y se sitúa al final”, ha añadido. “Su actitud no es de una persona agresiva y mucho menos que ejerza el liderato (como mantiene la Fiscalía)”, ha recalcado. Y es que en su opinión “aquí hay un error de identificación por parte de los agentes que corrobora su inocencia”.

La defensa de Serra niega que arrojara objeto alguno a los agentes, pero incluso sí así hubiese sucedido, ha insistido en que en ningún momento se habría tratado de objetos “contundentes o peligrosos”, sino de “una mandarina o un gorro de lana”.

No podrá ser candidata

Al no contar con antecedentes penales, la líder de Unidas Podemos en la Comunidad de Madrid no tendrá que ingresar en prisión aunque el Supremo confirme su condena. Y respecto a su inhabilitación para ser candidata, una vez ya se presentó a las elecciones madrileñas del pasado día 4 y ha resultado elegida, tampoco implicaría su abandono del cargo al no haber sido condenada a una pena de inhabilitación para el ejercicio de cargo público. Sí le impediría ser candidata, sin embargo, si pretende concurrir a unos comicios durante los próximos 19 meses.

Sin embargo, fuentes jurídicas apuntan a la existencia de una posible causa de inelegibilidad sobrevenida en caso de que se ratifique la condena de prisión que sí le obligaría a dejar el escaño, aunque haya tomado posesión el próximo 8 de junio, solo en el caso de que así lo establezca el Reglamento de la Asamblea de Madrid.

Hace solo unos días, el Tribunal Supremo avaló la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) de retirar la condición de eurodiputado al líder de ERC, Oriol Junqueras, al haber sido condenado en sentencia firme a trece años de prisión por delitos de sedición y malversación por su papel en el “procés”. La JEC esgrimió precisamente que se había producido una causa de inelegibilidad sobrevenida tras ser condenado por el Tribunal Supremo en octubre de 2019. Pero en el caso del político independentista, había sido condenado también a 13 años de inhabilitación para el ejercicio de cargo público, lo que no se produce en el caso de Isa Serra.

La condena: acoso a los agentes y lanzamiento de objetos

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) condenó en abril del pasado año a la dirigente de Podemos a un año y siete meses de prisión y otros tantos de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo (a ser candidata) por delitos de atentado, lesiones leves y daños tras considerarla responsable de haber dado empujones, insultado y haber arrojado objetos contra agentes de la Policía Municipal durante una protesta en contra de un desahucio en el madrileño barrio de Lavapiés en 2014.

La Sala Civil y Penal del citado tribunal le impuso asimismo una multa de 2.400 euros y la obligación de indemnizar a dos agentes por las lesiones causadas con 4.850 y 400 euros respectivamente. Sin embargo, los magistrados le absolvieron del delito de desórdenes públicos que le imputaba la Fiscalía, al considerar que no quedó acreditado que, pese a la violencia desarrollada y las lesiones provocadas, los autores de esos actos tuvieran intención de atentar contra la paz pública.

“Mala madre, hija de puta”

Según el relato de hechos que la diputada autonómica electa niega, Serra formaba parte del grupo de personas que el 31 de enero de 2014, tras llevarse a cabo un desahucio en el barrio de Lavapiés contra el que protestaban, increpó e insultó a los agentes desplazados a la zona para dar cobertura a la comisión judicial, obligándoles a retroceder para protegerse del lanzamiento de objetos.

“La acusada -dice la sentencia-, integrándose en los grupos de personas, pues unas veces se encontraba en uno de los cordones y otras veces en el otro, que increpaban, insultaban y acosaban a los agentes, profirió insultos dirigidos a los agentes en general, así como en particular a una agente de Policía Municipal, diciéndole: ‘Eres cocainómana’, ‘mala madre, hija de puta, con todo lo que hemos luchado las mujeres, contigo se pierde todo, no te quieren ni tus propios compañeros’. A otra agente de Policía le habría dirigido frases como: ‘Hija de puta, puta, zorra; que te follas a todos los policías municipales’. ‘Vergüenza, si fuera tu hijo tendría que cogerte un arma y pegarte un tiro’. La acusada, además de proferir insultos a los agentes, “procedió también a dar empujones y lanzar objetos contundentes” a los policías.