Análisis

El juramento de la Constitución de la Princesa de Asturias

En un año cumple 18 años y tiene que jurar la Carta Magna

La princesa de Asturias Leonor planta un tejo durante la visita de la familia real a la parroquia de Cadavedo, en el municipio de Valdés, tras ganar el premio al Pueblo Ejemplar de Asturias.
La princesa de Asturias Leonor planta un tejo durante la visita de la familia real a la parroquia de Cadavedo, en el municipio de Valdés, tras ganar el premio al Pueblo Ejemplar de Asturias.BallesterosAgencia EFE

¿Qué supondría que las Cortes Generales estuvieran disueltas el 31 de octubre de 2023, fecha en la que Doña Leonor cumple 18 años?

Si las Cortes Generales estuvieran disueltas el 31 de octubre de 2023, fecha en la que la Princesa heredera cumplirá dieciocho años, no podría celebrarse el juramento en esta fecha, porque por muchas razones jurídicas y políticas entiendo que la Diputación Permanente del Congreso y del Senado que actúan hasta que se constituyan las nuevas Cámaras no pueden recibir el juramento. No quedaría más remedio entonces que celebrar el juramento lo antes posible una vez constituidas las nuevas Cortes Generales. Aunque también por muchas razones políticas y jurídicas soy partidario de que, como ocurrió con el hoy Felipe VI, el juramento coincida con el día en el que se alcance los dieciocho años, podría no quedar más remedio que adaptarse a la realidad de la manera que acabo de indicar.

Cosa distinta es que, en ejercicio de una facultad constitucional que solo incumbe a él, el Presidente del Gobierno prolongara la vida del Congreso y del Senado hasta la extinción de su mandato, es decir, hasta el 10 de noviembre de 2023, con lo que se agotaría del todo los cuatro años de legislatura. En este supuesto, del que hoy por hoy no hay precedentes bajo la Constitución de 1978, podría tener lugar el juramento el 31 de octubre de 2023, aunque esto tendría que ser con las elecciones generales ya convocadas en cumplimiento de la normativa electoral, y nos encontraríamos así ante la singularidad de que este importante acto podría verse afectado por todo lo que trae consigo unas muy cercanas elecciones generales. Estamos ante una muy importante y delicada decisión que requiere gran tacto, sentido de Estado y máxima atención a cómo se vayan sucediendo los hechos.

¿Qué efecto tiene el juramento de Doña Leonor?

Junto a efectos simbólicos el juramento tiene trascendentales efectos jurídico-constitucionales y políticos, que son los más importantes.

Jurídicamente significa que la Princesa heredera cumple con una obligación constitucional. Políticamente significa nada más y nada menos el compromiso político pleno de la Princesa heredera con los valores e instituciones que alimentan y configuran el Estado social y democrático de Derecho de la Constitución de 1978. Minimizar los efectos del juramento y tender a reducirlos a lo puramente simbólico es, a mi juicio, un error.